FE DE ERRATA, ORD. Nº 349-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - .-FE DE ERRATA-ORD. Nº 349-MVES

Fecha de disposición29 Julio 2016
Fecha de publicación29 Julio 2016
595658 NORMAS LEGALES Viernes 29 de julio de 2016 /
El Peruano
Prorrogan vigencia de beneicio tributario
y no tributario e incentivos a favor de los
contribuyentes del distrito establecidos en
la Ordenanza Nº 346MVES
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2016-ALC/MVES
Villa El Salvador, 25 de julio del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA EL SALVADOR
VISTOS, el memorando Nº 1103-2016-GM/MVES
cursado por Gerencia Municipal, así como el informe
Nº 110-2016-GAT/MVES, emitido por la Gerencia de
Administración Tributaria, y el decreto de alcaldía Nº 008-
2016-ALC/MVES;
CONSIDERANDO:
Que, mediante ordenanza Nº 346-MVES se otorgan
beneficios tributarios y no tributarios a favor de los
vecinos del distrito de Villa El Salvador hasta el 16
de julio del 2016, facultándose al alcalde en la quinta
disposición transitoria y final para que, mediante
decreto, dicte las disposiciones complementarias
necesarias para la adecuada aplicación de aquella y
para establecer su prórroga, de ser el caso, la misma
que ve prorrogada su vigencia hasta el 31 de julio, a
través del decreto de alcaldía de vistos;
Que, mediante informe de vistos, la Gerencia
de Administración Tributaria reporta la existencia
de solicitudes de los vecinos del distrito por que se
amplíe la vigencia del beneficio y, de parte de la
administración tributaria, disposición por corresponder
al pedido, por lo que resulta necesario prorrogar la
vigencia de dicho beneficio hasta el 15 de agosto del
2016, inclusive;
Que, según el artículo 42º de la ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía
establecen, entre otras disposiciones, normas que
regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario;
Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta
al concejo municipal, y en uso de las atribuciones
conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º
de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del
benecio tributario y no tributario e incentivos a favor
de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador,
establecidos en la ordenanza Nº 346-MVES, hasta el 15
de agosto del 2016, inclusive.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración Tributaria, así como a la Subgerencia
de Recaudación y Control y a las unidades de Imagen
Institucional y de Desarrollo Tecnológico, el cabal
cumplimiento del presente decreto de alcaldía.
Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto de
alcaldía en el diario oficial El Peruano, así como en el
portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa
El Salvador (www.munives.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
1409858-2
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 349-MVES
Mediante Ocio Nº 82-2016-SG/MVES, el 27 de julio
de 2016, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador,
solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 349-
MVES, publicada en la edición del 24 de julio del 2016.
- En el Artículo 4°.-,
DICE:
(…)
Subgerencia de Administración Administrativa.
(…)
DEBE DECIR:
(…)
Subgerencia de Fiscalización Administrativa.
(…)
1409930-1

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