DECRETO SUPREMO, Nº 010-2016-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Aprueban Reglamento de Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales y Colectas Públicas-DECRETO SUPREMO-Nº 010-2016-IN

Fecha de disposición27 Julio 2016
Fecha de publicación27 Julio 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1140, modificado por Ley N° 30438, se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI) como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestal y adscrita al Ministerio del Interior;

Que, el numeral 5 del artículo 6° del referido Decreto Legislativo señala como una de las funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior autorizar, supervisar, controlar y fiscalizar la realización de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas a nivel nacional;

Que, el literal e) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, establece que la Oficina Nacional de Gobierno Interior tiene como función autorizar, supervisar, controlar y fiscalizar la realización de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas a nivel nacional;

Que, mediante Resolución Suprema N° 61, se aprueba el procedimiento de autorización de colectas públicas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2000-IN, se aprueba el Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales;

Que, desde la fecha de dación de la Resolución Suprema N° 61 y Decreto Supremo N° 006-2000-IN, el contexto socio – político, económico y normativo legal varía sustancialmente, requiriéndose la aprobación de una norma que facilite la dinámica de las promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas, sin desproteger los derechos de las personas que participan en estas actividades;

Que, adicionalmente, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, es conveniente que la Oficina Nacional de Gobierno Interior actualice, optimice y simplifique los procedimientos administrativos de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas, con la perspectiva de la mejora del servicio al ciudadano;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo establecido con la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, modificado por Ley N° 30438;

DECRETA:

Artículo 1 Aprobación del Reglamento de Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales y Colectas Públicas

Aprobar el Reglamento de Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales y Colectas Públicas que consta de cinco (5) Capítulos, dieciséis (16) Artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposición Complementaria Transitoria y una (1) Disposición Complementaria Derogatoria, el que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Publicación

El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1 precedente se publican en los portales institucionales del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe), de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (www.onagi.gob.pe) y del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3 Financiamiento

La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional aprobado del Pliego Oficina Nacional de Gobierno Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4 Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior y el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente de la República

Alonso Segura Vasi

Ministro de Economía y Finanzas

JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE

Ministro del Interior

Artículo 1 Objeto

El presente Reglamento establece las disposiciones que regulan los procedimientos para autorizar, controlar, supervisar y fiscalizar la realización y el correcto desarrollo de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas a nivel nacional.

Artículo 2 Finalidad

El presente Reglamento tiene la finalidad de velar por los derechos de los participantes en los eventos de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas, garantizando que el agente cumpla con desarrollar las actividades conforme a la normatividad vigente.

Artículo 3 Ámbito de Aplicación

El presente Reglamento alcanza a la persona natural, persona jurídica de derecho público o privado u otro ente colectivo, que realice, con o sin autorización, bajo cualquier modalidad, promociones comerciales, rifas con fines sociales o colectas públicas, según corresponda.

Artículo 4 Competencia

La Oficina Nacional de Gobierno Interior es el organismo público ejecutor competente a nivel nacional, para autorizar, controlar, supervisar y fiscalizar la realización de promociones comerciales, rifas con fines sociales y colectas públicas; así como, determinar la comisión de infracciones e imponer sanciones en el marco de sus competencias, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1140, Decreto Legislativo que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, modificado por Ley N° 30438.

Artículo 5 Definiciones

Para efectos del presente Reglamento, se entiende por:

  1. Agente

    Toda persona natural, persona jurídica de derecho público o privado o ente colectivo autorizado o no a realizar, bajo cualquier modalidad, promociones comerciales, rifas con fines sociales o colectas públicas.

  2. Azar

    Situación, condición o circunstancia de carácter aleatorio, no previsible u otros similares que se presente, bajo alguna de las modalidades siguientes:

    b.1. Sorteo

    Modalidad de promoción comercial en la cual interviene el azar para elegir a uno o varios ganadores, quienes participan de acuerdo a las bases, condiciones o mecanismos previamente establecidos por el agente, el cual se desarrolla mediante la selección de cupones, tickets, bolillas u otros similares o en forma virtual a través de sistemas, programas o aplicativos informáticos.

    b.2. Inserción de premio y su distribución en el mercado

    Acto por el cual el agente inserta el premio o premios a ofrecerse en objetos como: Chapas, tapa roscas, tarjetas xerografiadas y otros similares; procediendo a su distribución dentro del ámbito geográfico en el cual se llevará a cabo la promoción comercial, a fin que, desde el inicio de la promoción comercial se encuentren a disposición de los participantes.

    El agente debe considerar dentro del mecanismo de la promoción comercial medidas que garanticen la neutralidad en su desarrollo.

    b.3. Instalación o verificación del sistema

    Acto mediante el cual el agente instala un sistema, programa o aplicativo informático a un procesador, a fin de permitir efectuar selecciones usando métodos aleatorios almacenados en archivos no modificables, de acuerdo a las condiciones, mecanismos y premios previamente establecidos, con el fin de ser ejecutado dentro del periodo que dure la promoción comercial, a efectos de escoger al ganador o ganadores de los premios, en base a probabilidades.

  3. Canje gratuito

    Modalidad de promoción comercial mediante la cual se obtiene un premio, a cambio del cumplimiento por parte del participante de una condición previamente establecida por el agente, pero sin la exigencia de pago alguno.

  4. Colecta pública

    Actividad mediante la cual el agente recolecta recursos para destinarlos a fines sociales. El agente debe estar reconocido por ente competente. Los recursos pueden recibirse en alcancías correlativamente numeradas, depósitos efectuados en cuentas del sistema financiero, a través de convenios, acuerdos o similares que celebre con terceros para que en su nombre recaude los fondos, y otros medios que apruebe la Oficina Nacional de Gobierno Interior.

    Entiéndase por ente competente a entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales, gobiernos locales, arzobispado y otras organizaciones religiosas y, en general toda organización oficial que reconozcan al agente.

  5. Concurso

    Modalidad de promoción comercial a través de la cual se participa en una competencia de acuerdo a las bases, condiciones o mecanismos previamente establecidos por un agente, a efectos de determinar a un ganador o varios ganadores según sus habilidades, destrezas o criterios de evaluación del jurado, pudiendo incluso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR