ORDENANZA, Nº 497-2016-MDJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA - Ordenanza que otorga beneficio para la celebración de matrimonios civiles-ORDENANZA-Nº 497-2016-MDJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESAS MARAA
Fecha de la disposición15 de Junio de 2016

Jesús María, 15 de junio del 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE JESUS MARIA;

VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha; con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

En uso de las atribuciones otorgadas en los artículos 9º numeral 9); 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:

Artículo Primero APROBAR el beneficio de exoneración para la celebración de matrimonios civiles en la Municipalidad de Jesús María, el mismo que se aplicará conforme al Reglamento que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo ENCARGAR a la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero

ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, sin el anexo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado...

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