ORDENANZA, Nº 014-2015-GOB.REG.TUMBES-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES - Autorizan a la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones de Tumbes, a través de la Dirección Ejecutiva de Circulación Terrestre, conceder autorizaciones para la prestación del servicio de transporte interprovincial regular de personas en los vehículos de las Categorías M1-ORDENANZA-Nº 014-2015-GOB.REG.TUMBES-CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2016

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1,993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización Ley Nº 27680 Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27883, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, 28013, 28961, 28968, y 29053; y

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley 27680; Ley de Bases de la Descentralización - Ley 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902;

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 56º inciso a), señala que el Gobierno Regional en materia de transportes tiene la función “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales” y en su inciso g) señala: “Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la...

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