RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 106-2016-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Aprueban Segunda Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2016-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 106-2016-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 106-2016-VIVIENDA

Lima, 5 de mayo de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, en adelante la Ley, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que se otorga en los ámbitos urbano y rural, por una sola vez a los beneficiarios, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social - VIS;

Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, señalando entre otros objetivos, promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; y, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social;

Que, de acuerdo al numeral 18.1 del artículo 18 del Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional - BFH para las modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA, en adelante el Reglamento Operativo, los Grupos Familiares podrán postular al Bono Familiar Habitacional - BFH previo proceso de convocatoria publicado mediante Resolución Ministerial del MVCS;

Que, el artículo 10 de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, autoriza al MVCS a implementar, en el marco de la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional, un Bono Familiar Habitacional de Emergencia para la Zona Baja de Belén, cuya delimitación geográfica se realiza mediante resolución ministerial del citado Ministerio, disponiendo como único requisito exigible para ser beneficiario del otorgamiento de dicho Bono, que las viviendas de los beneficiarios se encuentren en situación de riesgo y vulnerabilidad de colapso ante la creciente de los ríos, determinada por el MVCS; dejando en suspenso las disposiciones que se opongan a lo señalado en la citada Ley;

Que, mediante Ley Nº 30291, se declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas...

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