Sentencia nº 531-2015/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 30 de Septiembre de 2015
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2015 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 10-2015/CEB |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN05312015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE0000102015/CEB
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : WIGBERTOCHÁVEZGARROYOTROS
1
DENUNCIADO : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
MATERIAS : BARRERASBUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ENGENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 00982015/CEBINDECOPI del 27 de
febrero de 2015, en el extremo que declaró fundada la denuncia y barrera
burocrática ilegal la prohibición de prestar el servicio de transporte público
de mercancías con vehículos que excedan los tres (3) años de antigüedad,
0172009MTCReglamentoNacionaldeAdministracióndeTransportes.
La ilegalidad radica en que la prohibición cuestionada vulnera el artículo 5 de
Ministerio de Transportes y Comunicaciones no acreditó haber elaborado un
informe previo que justifique su imposición, pese a que constituye un
cambio en las reglas de juego en materia de transporte, por lo que debe estar
sustentada.
Lima,30deseptiembrede2015
1 Laspersonasqueintervinieronencalidaddedenunciantesson:
RosendoDelgadoCruz
NorvilAlcaldeCollazos
TeodocioPuiquinPuerta
JoséElenoCruzAcevedo
NicolásGilmerMeléndezParedes
JoséPascualTerronesBautista
SegundoSantosTiradoMedrano
LuisGonzagaMachucaUrbina
RamónHonoratoRuizMuñoz
FranciscoBernardoMachucaUrbina
SantosMelchorChalánVelásquez
CarlosEduardoCabreraCerna
GonzaloGallardoArias
AdelaZeladaAlvarado
YovaniMantilladelaCruz
ElyChilonChilon
RosarioCortezCulqui
SantosFelícitaChiquezRodríguez
ElmerJuberDelaCruzChiquez
AndrésParedesBlas
SantosPabloOlivaresRobles
MSDC02/1A
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TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenDefensadelaCompetencia
RESOLUCIÓN05312015/SDCINDECOPI
EXPEDIENTE0000102015/CEB
I. ANTECEDENTES
1. El 22 de enero de 2015, el señor Wigberto Chávez Garro y otros (en
2
adelante, los denunciantes) denunciaron al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (en adelante, el Ministerio) ante la Comisión de Eliminación
de Barreras Burocráticas (en adelante, la Comisión) por la presunta
imposición de una barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad,
consistente en la prohibición de prestar el servicio de transporte público de
mercancías con vehículos que excedan los tres (3) años de antigüedad,
Reglamento Nacional de Administración de Transportes (en adelante, el
RNAT).
2. Losdenunciantesseñalaronlosiguiente:
(i) Son personas naturales que se dedican a la labor de transporte de
mercancíasporcarretera.
(ii) El Ministerio a través del artículo 25 del RNAT ha impuesto un lìmite
màximo de tres (3) años de antigüedad para los vehículos que deseen
acceder al mercado de transporte de mercancías, lo que les impide
brindardichoservicio.
(iii) Dicha disposición infringe la libre iniciativa privada consagrada en la
General de Transporte y Tránsito Terrestre, el cual establece que el
estadopromuevelalibreylealcompetenciaeneltransporte.
(iv) La imposición de dicho límite implica un cambio en las condiciones en
las que venían operando, el cual no ha sido justificado infringiendo así
Terrestre.
(v) El Ministerio no ha evaluado el interés público de la medida, por lo que
el límite de antigüedad de tres (3) años de los vehículos resulta
arbitrario.
3. Mediante Resolución 01012015/STCEBINDECOPI del 30 de enero de
2015, la Secretaría Técnica de la Comisión admitió a trámite la denuncia
contra el Ministerio por la presunta imposición de una barrera burocrática
ilegal y/o carente de razonabilidad, consistente en la imposición de un límite
2 Vernotaalpie1.
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