RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 602-2013-P-CSJLI/PJ - Disponen que el convertido 1° Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima, remita la totalidad de sus expedientes a la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrados de Lima, para su redistribución
Fecha de disposición | 05 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 05 Junio 2013 |
El Peruano
Miércoles 5 de junio de 2013 496539
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 21-
2011-CED-CSJLI/PJ de fecha veintiocho de abril del dos
mil once, se autorizó las funciones de un fedatario en la
Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de
Lima, designándose en dicho cargo a partir de la fecha de
publicación de la resolución administrativa a la abogada
Mijanou Humbelina Lurquin Rodríguez.
Que, el artículo 127 de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, prescribe
que cada entidad designa fedatarios institucionales
adscritos a sus unidades de recepción documental, en
número proporcional a sus necesidades de atención,
quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan
gratuitamente sus servicios a los administrados.
Que, mediante el informe señalado en los vistos
de la presente resolución, se expresa la necesidad
de continuar con los servicios de un fedaatario que se
encargue específi camente de las labores de certifi cación
de documentación de la ofi cina Personal, con la fi nalidad
de mantener una oportuna atención de los requerimientos
que se efectúen a las referidas ofi cinas administrativas.
Que, tal designación debe recaer en un personal
de esta Corte Superior de Justicia que reúna el perfi l
requerido y previsto en el Manual Normativo del Fedatario
de este Distrito Judicial, aprobado por la Resolución
Administrativa Nº 203-1999-P-CSJLI/PJ, y en ese sentido
el Colegiado estima necesario aceptar la propuesta del
Jefe de Personal de renovar en el cargo de fedataria a la
abogada Mijanou Humbelina Lurquin Rodríguez.
Por tales fundamentos, en uso de las facultades
previstas en el artículo 96 inciso 10) y 19) del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el
Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia
en sesión de la fecha:
RESUELVE:
Artículo Primero.- RENOVAR en el cargo de
FEDATARIA para la ofi cina de personal de la Corte
Superior de Lima a la abogada MIJANOU HUMBELINA
LURQUIN RODRIGUEZ.
Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control
de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Ofi cina
Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte
Superior de Justicia de Lima, de la Ofi cina de Administración
Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ofi cina de
Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de la
persona en mención para los fi nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
IVÁN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Consejero
HECTOR ENRIQUE LAMA MORE
Consejero
JORGE ANTONIO PLASENCIA CRUZ
Consejero
JULIO CESAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ
Consejero
NORVIL E. CIEZA MONTENEGRO
Consejero
946135-1
Disponen que el convertido 1° Juzgado
de Paz Letrado Transitorio de Lima,
remita la totalidad de sus expedientes
a la Mesa de Partes de los Juzgados
de Paz Letrados de Lima, para su
redistribución
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 602-2013-P-CSJLI/PJ
Lima, 31 de mayo del 2013
VISTO:
La Resolución Administrativa N° 072-2013-CE-PJ de
fecha 25 de abril de 2013 y Acta de sesión de trabajo de
la Comisión Distrital de Descarga Procesal de la Corte
Superior de Justicia de Lima de fecha 02 de Mayo del
2013;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo segundo de la Resolución
Administrativa N° 072-2013-CE-PJ de vista, el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar
el 1° Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima, en
2° Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Juan de
Lurigancho apoyando en la descarga procesal al 4° y 5°
Juzgados de Paz Letrado Permanentes de San Juan de
Lurigancho.
Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la
Presidencia de la Corte de Lima, disponer las acciones
administrativas respectivas a fi n de dar cumplimiento a
lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y
ejecutar las medidas pertinentes para tal fi n, con sujeción
a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolución
Administrativa.
Que, efectivamente, la norma de vista es clara en
su artículo tercero, al disponer que el Presidente de la
Corte Superior de Justicia de Lima efectúe la adecuada
redistribución de expedientes principales y de ejecución,
que deje el 1° Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima
entre sus homólogos permanentes.
Que, coadyuvando en ese sentido, la Comisión
Distrital de Lima en su sesión de trabajo del dos de
mayo de los corrientes, acordó que el 1° Juzgado de Paz
Letrado Transitorio de Lima devuelva la totalidad de sus
expedientes a los Juzgados de origen correspondientes.
Que, por las razones expuestas, en uso de las
facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de
Organización y Funciones de las Cortes Superiores de
Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado
mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ
de fecha 5 de noviembre del 2012:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que el convertido
1° Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima, remita
la totalidad de sus expedientes en trámite y ejecución,
a la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrados
de Lima, para su redistribución a sus pares permanentes
correspondientes, otorgándole como plazo máximo 4 días
hábiles a partir de la publicación de la presente Resolución
Administrativa.
Artículo Segundo.- DISPONER que en el día el
personal de la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz
Letrados de Lima, redistribuyan los expedientes a su
Juzgado de origen, bajo responsabilidad funcional del
Jefe de dicho órgano administrativo.
Artículo Tercero.- DISPONER que todos los
expedientes a redistribuir deberán de encontrarse con
todos sus cuadernos y anexos completos, debidamente
cosidos, foliados en números y letras; y con sus cargos de
notifi cación completos, bajo responsabilidad funcional del
Magistrado, por la demora incurrida.
Artículo Cuarto.- Los escritos ingresados hasta el
30 de abril del 2013, deberán encontrarse debidamente
proveídos, notifi cados, cosidos y foliados en el expediente,
bajo responsabilidad del Magistrado del Juzgado
Transitorio convertido.
Artículo Quinto.- Los escritos ingresados a partir del
01 de Mayo del 2013, deberán coserse y foliarse en el
expediente, los mismos que serán proveídos y continuar
con su trámite por el Juzgado de Paz Letrado Permanente
de origen (receptor) correspondiente.
Artículo Sexto.- CUMPLA el Magistrado del convertido
1° Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima, con
informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre
el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad
funcional.
Artículo Sétimo.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de
la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima,
a fi n que vele por su cumplimiento, debiendo proceder
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