RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 020-2016/DIGESA/SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Disponen medidas de seguridad en los departamentos de Amazonas y Loreto-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 020-2016/DIGESA/SA

Fecha de disposición15 Febrero 2016
Fecha de publicación17 Febrero 2016

Lima, 15 de febrero del 2016

Visto, el Informe N° 832-2016-DSB-DIGESA, de la Dirección de Saneamiento Básico de la Dirección General de Salud Ambiental, e Informe N° 055-2016-ELV-DG-DIGESA;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú reconoce en sus artículos 7 y 9 que todos tienen derecho a la protección de la salud y el Estado determina la política nacional de salud, de modo que el Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación y es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural;

Que, Ley N° 26842, Ley General de Salud, prevé en sus artículos 103, 105 y 106 que la protección del ambiente es responsabilidad del Estado y de las personas naturales y jurídicas, los que tienen la obligación de mantenerlo dentro de los estándares que, para preservar la salud de las personas, establece la Autoridad de Salud competente; asimismo, corresponde a la Autoridad de Salud competente dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y...

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