RESOLUCION SUPREMA, Nº 283-2015-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Ascienden a Generales de Armas al grado de Teniente General de Armas de la Policía Nacional del Perú-RESOLUCION SUPREMA-Nº 283-2015-IN

Fecha de disposición31 Diciembre 2015
Fecha de publicación31 Diciembre 2015
SecciónSección Única

Lima, 31 de diciembre de 2015

VISTO, la propuesta de fecha 30 de diciembre de 2015, formulada por el señor General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, para el ascenso al grado de Teniente General de Armas de la Policía Nacional del Perú, Promoción 2016.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 172° de la Constitución Política del Perú, establece que los ascensos se confieren de conformidad con la ley y que es el Presidente de la República el que otorga los ascensos de los Generales de la Policía Nacional del Perú, según propuesta del Instituto;

Que, el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico. Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas;

Que, el numeral 4) del artículo 13º del Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho al ascenso, de acuerdo a la Ley de la Carrera y de Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 2) del artículo del Decreto Legislativo N° 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú concordante con lo dispuesto en el artículo 59º de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2013-IN, establecen que el ascenso tiene por finalidad promover al personal al grado inmediato superior, en consideración a sus capacidades, conocimientos, habilidades y aptitudes, así como por la evaluación objetiva de sus méritos y deméritos registrados durante la carrera;

Que, el artículo 57º del Decreto Legislativo N° 1149- Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre de la Nación, mediante Resolución Suprema...

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