RESOLUCION SUPREMA, Nº 527-2015-DE/MGP, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Modifican R.S. Nº 353-2014-DE/MGP que autorizó ampliación de permanencia en el exterior de oficial de la Marina de Guerra del Perú, en misión de estudios-RESOLUCION SUPREMA-Nº 527-2015-DE/MGP

Fecha de disposición30 Diciembre 2015
Fecha de publicación31 Diciembre 2015

Lima, 30 de diciembre de 2015

Vista, la Carta G.500-2234 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 20 de mayo de 2015;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 488-2013-DE/MGP, de fecha 13 de setiembre de 2013, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío ESP. John Rolando RODRIGUEZ Asti, para que participe en el Máster Universitario Oficial en Historia y Patrimonio Naval, a realizarse en la Universidad de Murcia, ciudad de Murcia y en la Armada Española, ciudad de Cartagena, Reino de España, del 16 de setiembre de 2013 al 29 de julio de 2014; habiéndose considerado el pago por concepto de pasaje aéreo de ida, el pago por gastos de traslado de ida, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y el pago por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 353-2014-DE/MGP, de fecha 26 de julio de 2014, se autorizó la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío ESP. John Rolando RODRIGUEZ Asti, para que continúe participando en el Máster Universitario Oficial en Historia y Patrimonio Naval en la Universidad de Murcia, ciudad de Murcia y en la Armada Española, ciudad de Cartagena, Reino de España, del 30 de julio al 30 de diciembre de 2014; considerando el pago por concepto de pasaje aéreo de retorno y el pago por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero;

Que, el artículo 8º del Reglamento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR