RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 275-2015-MIDIS, PODER EJECUTIVO, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL - Delegan diversas facultades a funcionarios del Ministerio, durante el ejercicio 2016-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 275-2015-MIDIS

Fecha de disposición31 Diciembre 2015
Fecha de publicación01 Enero 2016

Lima, 31 de diciembre de 2015

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades o atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, de acuerdo con lo prescrito en el literal e) del artículo 12 de la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro en la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social ejerce las funciones que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, en materia presupuestaria, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, señala que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en dicha materia pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente la Ley General de Presupuesto del Sector Público y/o la norma de creación de la Entidad;

Que, en materia administrativa, el artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, indica que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, no pudiendo ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la delegación de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado;

Que atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme a lo establecido en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, y a efectos de la mayor fluidez de la marcha administrativa del Ministerio, resulta pertinente delegar en la Secretaría General y en la Oficina General de Administración, facultades y atribuciones en materia presupuestal, administrativa y de gestión que no sean privativas de la función de la Ministra en la cartera de Desarrollo e Inclusión Social;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR