ORDENANZA, Nº 1915, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 1778 - Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales-ORDENANZA-Nº 1915
Fecha de disposición | 11 Diciembre 2015 |
Fecha de publicación | 11 Diciembre 2015 |
El ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de 3 de diciembre de 2015, el Dictamen N° 05-2015-MML-CMMASBS, de la Comisión Metropolitana de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social, el Dictamen N° 190-2015-MML-CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Dictamen Nº 82-2015-MML-CMAL, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; y en uso de las atribuciones establecidas en el numeral 8 del artículo 9° y artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Aprobó la siguiente:
Modifíquese los artículos 6°, 9°, 10° inciso d) y h), 13° último párrafo, 14° último párrafo, 19°, 36°, 38°, 40°, 46°, 47°, 48° y 54°, la Sexta Disposición Complementaria, la Primera y la Quinta Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 1778 - Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales, conforme a lo siguiente:
Artículo 6º.- De la gestión y manejo de los residuos sólidos
La Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos tiene por finalidad instituir un sistema de gestión y manejo de los residuos sólidos, que sea ambiental, social y financieramente sostenible, para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana.
Artículo 9º.- Órganos Competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima
Para efectos de la planificación, autorización, sanción, gestión y/o manejo de los residuos sólidos, según sus competencias, participan los órganos de línea siguientes:
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental.
Gerencia de Desarrollo Urbano.
Gerencia de Transporte Urbano.
Gerencia de Fiscalización y Control.
Artículo 10º.- Rol de la Municipalidad Metropolitana de Lima
La Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, es responsable por la gestión y manejo de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos en su jurisdicción.
Tiene las siguientes funciones y competencias:
(…)
d) Aprobar los proyectos de infraestructura de residuos sólidos del ámbito de la gestión municipal que se desarrollen en su jurisdicción.
(…)
h) Interponer denuncia penal contra las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que cometan delitos de contaminación ambiental por el incumplimiento de las normas relacionadas con el manejo de residuos sólidos.
Artículo 13º.- Obligaciones de los Generadores
(…)
Los generadores de residuos del ámbito de la gestión municipal con características de peligrosidad, están obligados a su manejo selectivo, sanitario y ambientalmente óptimo, en concordancia con las normas vigentes.
Artículo 14º.- Obligaciones de los operadores
(…)
h) Dotar al personal operativo las condiciones de seguridad para el desempeño de sus labores; así como los equipos e indumentaria de protección de acuerdo al residuo que manejan; así como cumplir lo establecido en la Ley N° 29783 – “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo” y la Ley N° 26790 - “Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud” y sus respectivos Reglamentos.
Las municipalidades que de manera directa brinden los servicios de limpieza pública están sujetas a las obligaciones que prevén los literales b) c), d), e), f), g) y h) del presente artículo.
Artículo 19º.- Residuos del ámbito municipal
Los residuos sólidos de ámbito municipal son:
a) Residuos domiciliarios: aquellos que son generados en las actividades domésticas en los domicilios y que usualmente están conformados por restos de alimentos, periódicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, cartón, pañales descartables, restos de aseo personal y otros similares a éstos.
b) Residuos comerciales: aquellos que son generados en los establecimientos comerciales de bienes y servicios como centros de abastos de alimentos, restaurantes, supermercados, tiendas, bares, bancos, centros de convenciones o espectáculos, oficinas de trabajo en general, entre otras actividades comerciales y laborales análogas. Estos residuos son papel, plásticos, embalajes diversos, restos de aseo personal, latas, entre otros similares.
c) Residuos de la construcción y demolición de obras menores: aquellos residuos generados por la ejecución de remodelaciones, ampliaciones o refacción de edificaciones existentes. Estos residuos pueden ser restos de materiales de construcción, piedras...
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