DECRETO SUPREMO, Nº 009-2015-DE, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Prórroga del Licenciamiento de la Clase Enero 2014 hasta Marzo del 2016, por razones de Emergencia Nacional-DECRETO SUPREMO-Nº 009-2015-DE
Fecha de disposición | 10 Diciembre 2015 |
Fecha de publicación | 10 Diciembre 2015 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 44° de la Constitución Política del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el pleno desarrollo integral de la Nación; asimismo, el artículo 171° señala que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional participan en el desarrollo económico y social del país y en la defensa civil de acuerdo a Ley;
Que, mediante Ley N° 29664 se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – DINAGERD, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre, la misma que en su artículo 6° establece los componentes y procesos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, entre ellos, la Gestión Reactiva como “el conjunto de acciones y medidas destinadas a enfrentar los desastres ya sea por un peligro inminente o por la materialización del riesgo”, que comprende los procesos de preparación y respuesta; constituyéndose en un puente entre el proceso de respuesta y el proceso reconstrucción;
Que, el artículo 9° de la mencionada Ley N° 29664, establece la composición del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, considerando entre sus componentes a las Fuerzas Armadas; asimismo el artículo 17° contempla la participación de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en la Gestión del Riesgo de Desastres, en lo referente a la preparación y respuesta ante situaciones de desastre, de acuerdo a sus competencias y en coordinación y apoyo a las autoridades competentes; y que las mismas establecen las previsiones presupuestarias correspondientes a fin de asegurar su participación en la atención de situaciones de emergencia que requieren acciones inmediatas de respuesta;
Que, concordante con lo indicado, el Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM del 25 de mayo de 2011, establece en su artículo 15° numeral 15.2 que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú participan en la Gestión del Riesgo de Desastres, en lo referente a la preparación y respuesta ante situaciones de desastre, de...
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