RESOLUCION N° 2303-2014-JNE - Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2014
El Peruano
Miércoles 22 de octubre de 2014 535631
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Carlos Humberto Huamán Ventura, regidor del
Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de
Ica, mientras esté vigente la licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Corina Betti
Hostia Vásquez, identif‌i cada con Documento Nacional de
Identidad Nº 21466891, para que asuma provisionalmente
el cargo de regidora del Concejo Distrital de Salas,
provincia y departamento de Ica, mientras esté vigente la
licencia concedida a Carlos Humberto Huamán Ventura,
otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta
como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1153331-5
Convocan a ciudadana para que
asuma cargo de regidora del Concejo
Distrital de Pueblo Libre, provincia y
departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 2303-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02505
PUEBLO LIBRE - LIMA - LIMA
Lima, dos de setiembre de dos mil catorce
VISTO el Of‌i cio Nº 535-2014-MPL-SG, presentado
el 22 de agosto de 2014 por Max Silva Alván, secretario
general de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre,
provincia y departamento de Lima, comunicando la
licencia, concedida al regidor Marco Antonio Garavito
Rentería.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley
Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no
pueden ser candidatos en las elecciones municipales los
trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así
como de los organismos y empresas del Estado y de las
Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber,
hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción
de candidatos; la misma que gozará de ef‌i cacia a partir
del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales
antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para
el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser
candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014,
toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-
JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades
son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos
mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia
conforme se expresa en el precedente considerando.
3. Con fecha 19 de junio de 2014 (fojas 04), el regidor
Marco Antonio Garavito Rentería, con motivo de su
participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó
su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el
Acuerdo de Concejo Nº 045-2014-MPL, de fecha 25 de
julio de 2014 (fojas 02), por el periodo comprendido entre
el 5 de setiembre y el 4 de octubre de 2014.
4. En el presente caso se aprecia que el regidor
Marco Antonio Garavito Rentería, presentó su solicitud de
licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada
por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de
las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-
2014-JNE, para completar el número de regidores, de
acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo
corresponde convocar a Elvia Pilar Serrano Medina,
identif‌i cada con Documento Nacional de Identidad Nº
06083785, candidata no proclamada del partido político
Cambio Radical, conforme a la información remitida por el
Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, con motivo de
las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la
credencial otorgada a Marco Antonio Garavito Rentería,
regidor del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia
y departamento de Lima, mientras esté vigente la
licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Elvia Pilar
Serrano Medina, identif‌i cada con Documento Nacional de
Identidad Nº 06083785, para que asuma provisionalmente
el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre,
provincia y departamento de Lima, mientras esté vigente
la licencia concedida a Marco Antonio Garavito Rentería,
otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta
como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1153331-6
Convocan a ciudadano para que
asuma cargo de regidor del Concejo
Distrital de Jacobo Hunter, provincia y
departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN Nº 2308-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02591
JACOBO HUNTER - AREQUIPA - AREQUIPA
ACREDITACIÓN DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, tres de setiembre de dos mil catorce
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato
no proclamado, presentada el 25 de agosto de 2014
por Andrea Sarayasi Tejada, secretaria general (e) de
la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, provincia
y departamento de Arequipa, al haberse declarado la
vacancia de Ángel Raúl Poco Rodríguez, regidor de
la citada comuna, por la causal prevista en el artículo
22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, en el procedimiento seguido por Sugey
Rodríguez Achire de Jaila.
ANTECEDENTES
El 1 de agosto de 2014, Sugey Rodríguez Achire de
Jaila, solicitó la vacancia de Ángel Raúl Poco Rodríguez,
regidor del Concejo Distrital de Jacobo Hunter, provincia
y departamento de Arequipa, por la causal prevista en el
artículo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica

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