RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 106-2014-VMPCIC-MC - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Cultura de la Comunidad Campesina Chopcca, de los distritos de Yauli, provincia de Huancavelica, y Paucará, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica

Fecha de disposición15 Octubre 2014
Fecha de publicación15 Octubre 2014
MateriaDerecho Procesal
El Peruano
Miércoles 15 de octubre de 2014 534669
6. DECLARACIÓN DE VERACIDAD7
Por la presente declaro bajo juramento que las declaraciones
consignadas en este documento son verdaderas.
Firma: ____________________________________
Nombre:___________________________________
DNI: ______________________________________
Cargo: ____________________________________
7 La f‌i cha debe ser suscrita por el representante legal de la cooperativa.
1150300-1
AMBIENTE
Designan representantes titular y
alterno del Ministerio ante Comisión
Multisectorial creada mediante D.S. Nº
107-2010-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 337-2014-MINAM
Lima, 14 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha
11 de diciembre de 2010, se constituyó la Comisión
Multisectorial encargada del seguimiento y facilitación del
cumplimiento de los acuerdos adoptados en el marco del
Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de
los Pueblos Amazónicos, con la f‌i nalidad de garantizar
la plena vigencia de sus derechos constitucionales,
promover su bienestar y el desarrollo económico;
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 05
de enero de 2011, se modif‌i có el artículo 2 del Decreto
Supremo N° 107-2010-PCM respecto a la conformación
de la Comisión Multisectorial y se incorporó, entre
otros, a un representante del Ministerio del Ambiente
- MINAM a f‌i n de que integre dicha Comisión, quien
deberá ser designado mediante resolución del titular de
la entidad;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 095-2012-
MINAM, publicada el 12 de abril de 2012, se designó a los
representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente
- MINAM ante la citada Comisión Multisectorial, siendo
conveniente designar a los nuevos representantes;
Con el visado de la Secretaría General y de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el, Decreto
Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y
Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo
N° 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de
Organización y Funciones; el Decreto Supremo N° 107-
2010-PCM, modif‌i cado por el Decreto Supremo N° 001-
2011-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a los representantes titular
y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante
la Comisión Multisectorial, creada mediante Decreto
Supremo N° 107-2010-PCM, según detalle:
- Sr. Carlos Eduardo Chirinos Arrieta, Jefe de la
Of‌i cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales,
dependiente de la Secretaría General del Ministerio del
Ambiente - MINAM, como representante titular.
- Sr. Carlos Francisco Eyzaguirre Beltroy, Especialista
en Análisis y Monitoreo de los Conf‌l ictos Socio-
Ambientales, de la Of‌i cina de Asesoramiento en Asuntos
Socio-ambientales, dependiente de la Secretaría General
del Ministerio del Ambiente – MINAM, como representante
alterno.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
N° 095-2012-MINAM, publicada el 12 de abril de 2012.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano y
en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del
Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
1149872-1
CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la
Nación a la Cultura de la Comunidad
Campesina Chopcca, de los distritos
de Yauli, provincia de Huancavelica,
y Paucará, provincia de Acobamba,
departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 106-2014-VMPCIC-MC
Lima, 10 de octubre de 2014
Vistos, el Memorando Nº 1003-2014-DDC-HVA/MC
de la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica,
actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de
Huancavelica y el Informe Nº 0381-2014-DPI-DGPC/MC,
emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Perú señala que es función del Estado la protección del
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que
“Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones
de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones,
expresadas por individuos de manera unilateral o grupal,
y que reconocidamente responden a las expectativas de
la comunidad, como expresión de la identidad cultural y
social, además de los valores transmitidos oralmente,
tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios,
el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos,
gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o
religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos
y otras expresiones o manifestaciones culturales que en
conjunto conforman nuestra diversidad cultural”;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565,
Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que
“es función exclusiva de esta entidad realizar acciones
de declaración, investigación, protección, conservación,
puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio
Cultural de la Nación”;
Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por
Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modif‌i cada
por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece el
procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones
del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural
de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos,
correspondiendo al Despacho del Viceministerio de
Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las
manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Memorando Nº 1003-2014-DDC-HVA/
MC, la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica,
actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de
Huancavelica, remite el expediente técnico mediante
el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes,
la declaratoria de la Cultura Chopcca como Patrimonio
Cultural de la Nación;

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