RESOLUCION N° 011-2014-OS/CD - Proyecto de Resolución que fija las Tarifas por Red Principal de Gas Natural de Camisea

Fecha de publicación23 Enero 2014
Fecha de disposición23 Enero 2014
El Peruano
Jueves 23 de enero de 2014
514878
N° 053-2012-OS/CD, con vigencia desde el 1 de mayo del
2012 hasta el 30 de abril del 2014, siendo necesario f‌i jar
las nuevas tarifas;
Que, de acuerdo a lo señalado en la cláusula 14.8 del
Contrato BOOT de TGP, al haberse dado la condición de que
la GRP resultara con un valor igual a cero por tres (3) años
consecutivos, hecho que ocurrió desde la liquidación de la GRP
del año 2009, dicha garantía se extinguió automáticamente;
Que, de acuerdo a la def‌i nición de Tarifa Regulada
considerada en el contrato BOOT, una vez concluido el
Periodo de Garantía con la extinción de la GRP y hasta
la terminación del Periodo de Recuperación, la Tarifa
Regulada será igual a la Tarifa Base;
Que, considerando la def‌i nición de Tarifa Regulada
señalada en el considerando anterior, las Tarifas por Red
Principal aprobadas por la presente resolución, aplicables
a partir del 01 de mayo de 2014, permanecerán vigentes
hasta el f‌i nal del Periodo de Recuperación;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 4
y 5 de la Norma del Servicio de Transporte de Gas Natural
por Ductos, aprobada mediante Decreto Supremo N° 018-
2004-EM, el Servicio de Transporte puede ser Servicio
Firme o Interrumpible, correspondiéndole a OSINERGMIN
aprobar las tarifas correspondientes, de acuerdo al numeral
2.47 de la citada Norma;
Que, el Artículo 11° del Reglamento de la Ley 27133,
def‌i ne los criterios para determinar las Tarifas Reguladas
por el uso de la Red Principal así como la f‌i jación del Periodo
Tarifario, el cual está complementado por el “Procedimiento
de Cálculo de las Tarifas de Transporte y Distribución de
Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de
Camisea” aprobado mediante Resolución N° 078-2004-OS/
CD y modif‌i cada por Resolución N° 082-2010-OS/CD;
Que, mediante Resolución N° 080-2012-OS/CD el Consejo
Directivo de OSINERGMIN aprobó la Norma “Procedimientos
para Fijación de Precios Regulados”, en cuyo Anexo C.1 se
estableció el “Procedimiento para Fijación de las Tarifas de
Transporte de Gas Natural por Ductos”;
Que, el procedimiento de f‌i jación de las Tarifas de Red
Principal de Camisea actualmente en curso, se inició con
la presentación de la propuesta de TGP, cumpliéndose,
además, con cada una de las siguientes etapas previstas en
el Anexo C.1 del Procedimiento, entre ellas, la realización de
la Audiencia Pública para la presentación y sustento de la
propuesta por parte de TGP;
Que, asimismo, de acuerdo a la etapa g) del Anexo del
Procedimiento, mediante Resolución OSINERGMIN N°
XXX-2014-OS/CD, se dispuso la publicación del proyecto
de Resolución que Fija las Tarifas por Red Principal de Gas
Natural de Camisea; así como la relación de la información que
la sustenta; convocando a la realización de Audiencia Pública
que se efectuó en la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria
en la ciudad de Lima el día 30 de enero de 2014, en la cual la
Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN
expuso los criterios y metodología utilizados en el análisis de
la propuesta tarifaria presentada por la empresa TGP;
Que, el 06 de febrero de 2014 fue la fecha límite para
que los interesados en la regulación tarifaria presentaran
sus opiniones y sugerencias al proyecto de resolución que
f‌i ja las Tarifas por Red Principal de Gas Natural de Camisea,
recibiéndose las opiniones y sugerencias de …………..….;
las cuales han sido publicadas en la página Web del
OSINERGMIN y cuyo análisis se realiza en los Informes N°
XXX-2014-GART y N° XXX-2014-GART;
Que, en este sentido, se han emitido el Informe Técnico
N° XXX-2014-GART y el Informe Legal N° YYY-2014-GART,
los mismos que complementan la motivación que sustenta
la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera
con el requisito de validez de los actos administrativos a
que se ref‌i ere el Artículo , numeral 4 de la Ley N° 27444,
Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de
Transparencia y Simplif‌i cación de los Procedimientos
Regulatorios de Tarifas, y a las disposiciones y facultades
concedidas por el Reglamento General del OSINERGMIN,
aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Fíjese las Tarifas por Red Principal de Gas
Natural de Camisea, de acuerdo a lo siguiente:
TRP en Moneda Extranjera
US$ / millar de Sm3
Tipo Tarifa Firme Tarifa Interrumpible
Tarifa Base 31,4384 34,9316
Tarifa Regulada 31,4384 34,9316
La Tarifa Aplicable en Moneda Nacional (TA_MN)
o Extranjera (TA_ME), se efectúa de acuerdo a lo
establecido en el artículo 10° del “Procedimiento de
Cálculo de las Tarifas de Transporte y Distribución de
Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal
de Camisea” aprobado mediante Resolución OSINERG
N° 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias.
Artículo 2°.- Los factores de reajuste de las
tarifas señaladas en el artículo anterior, se efectuarán
de acuerdo a lo establecido en el artículo 11° del
“Procedimiento de Cálculo de las Tarifas de Transporte
y Distribución de Gas Natural por Ductos para el Caso
de la Red Principal de Camisea” aprobado mediante
Resolución OSINERG N° 078-2004-OS/CD, sus
modificatorias y ampliatorias.
Artículo 3°.- Las Condiciones de Aplicación de
las tarifas de la Red Principal, el Cargo por Reserva
de Capacidad (CRC) y el Cargo por Uso (CUM)
se encuentran establecidos en el artículo 13° del
“Procedimiento de Cálculo de las Tarifas de Transporte
y Distribución de Gas Natural por Ductos para el Caso
de la Red Principal de Camisea” aprobado mediante
Resolución OSINERG N° 078-2004-OS/CD, sus
modificatorias y ampliatorias.
En caso que el valor del Factor de Uso def‌i nido en la
Resolución N° 078-2004-OS/CD sea modif‌i cado, la Tarifa
Interrumpible aprobada en el Artículo será calculada
considerando el nuevo valor de dicho factor sin necesidad
de un proceso regulatorio
Artículo 4°.- La presente resolución será de aplicación
desde el 1 de mayo del 2014 y se mantendrá vigente hasta
el f‌i nal del Período de Recuperación, de acuerdo con el
Contrato BOOT de Transporte de Gas Natural por Ductos
de Camisea al City Gate.
Artículo 5°.- Incorpórese el Informe Técnico N° XXX-
2014-GART y el Informe Legal N° YYY-2014-GART como
anexo y parte integrante de la presente resolución.
Artículo 6°.- La presente resolución será publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano y los informes respectivos serán
consignados en la página WEB de OSINERGMIN: www.
osinerg.gob.pe.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los gasoductos que conforman la Red Principal de
Camisea se encuentran normados por la Ley N° 27133,
Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas
Natural, su Reglamento aprobado mediante Decreto
Supremo N° 040-99-EM, y los respectivos Contratos BOOT
de las Concesiones de Transporte y Distribución.
La empresa TGP tiene a su cargo, entre otros, la
construcción y operación del gasoducto de transporte de
gas natural desde Camisea hasta el City Gate ubicado
en Lurín al sur de Lima, la cual es parte integrante de la
Red Principal de Camisea, cuyas tarifas son materia del
presente procedimiento regulatorio.
La empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A.
– Cálidda, es la concesionaria del “Contrato BOOT de
Concesión de Distribución de Gas Natural en Lima y
Callao”. Inicialmente dicho contrato contemplaba la
existencia de una Tarifa por Red Principal de Distribución.
Posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 048-
2008-EM y la Adenda al citado Contrato BOOT suscrita
el 06 de mayo de 2010, las Tarifas de la Red Principal
de Distribución se unif‌i caron con las Tarifas de las Otras
Redes, sustituyéndose en un solo sistema denominado
Tarifa Única de Distribución – TUD.
OSINERGMIN, de acuerdo al artículo 9° de la Ley
de Promoción es quien f‌i ja los pliegos tarifarios y el
cargo por Garantía por Red Principal (GRP), tomando en
consideración la normativa aplicable.
Las tarifas actualmente aprobadas, mediante la
Resolución OSINERGMIN N° 053-2012-OS/CD, tienen
una vigencia hasta el 30 de abril del 2014; por lo tanto es
necesario la emisión de nuevas tarifas.
En cumplimiento de los dispositivos legales citados, del
Anexo C.1) de la Norma “Procedimientos de Fijación de
Precios Regulados”, aprobado mediante la Resolución N°
080-2012-OS/CD y en aplicación de los criterios expuestos
en la presente Exposición de Motivos, OSINERGMIN
expide el proyecto de Resolución que f‌i ja las tarifas
correspondientes a la Red Principal de Camisea que serán
de aplicación desde el 1 de mayo del 2014 hasta el f‌i nal
del Período de Recuperación, de acuerdo con el Contrato
BOOT de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea
al City Gate.
1041129-1
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