RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 241-2012-CE-PJ - Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales

Fecha de disposición09 Diciembre 2012
Fecha de publicación09 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 9 de diciembre de 2012 480399
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la
intervención de los señores San Martín Castro, Almenara
Bryson, Walde Jáuregui, Palacios Dextre y Chaparro
Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Incorporar en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Poder Judicial (TUPA),
aprobado por Resolución Administrativa N° 158-2010-CE-
PJ, de fecha 27 de abril de 2010, en los Procedimientos
Administrativos números 3 y 16 de las Unidades Orgánicas
de Gerencia General y Cortes Superiores de Justicia a
nivel nacional, respectivamente, el Procedimiento para la
Entrega del Certif‌i cado de Antecedentes Penales de Uso
Administrativo, a través de las Agencias o Sucursales
autorizadas del Banco de la Nación a nivel nacional,
conforme al anexo que forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo Segundo.- Transcríbase la presente
resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Of‌i cina de
Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias
de las Cortes Superiores de Justicia del país, y la Gerencia
General, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO
Presidente
875806-4
Prorrogan funcionamiento de diversos
órganos jurisdiccionales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 240-2012-CE-PJ
Lima, 5 de diciembre de 2012
VISTOS:
El Of‌i cio N° 17-2012-ETINCPP-P/PJ, remitido
por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de
Implementación del Código Procesal Penal; Of‌i cios N°
3823-2012-P-CSJAN/PJ, N° 2702-2012-P-AL-CSJCA-PJ,
Nros. 1900, 1924 y 1926-2012-P-CSJHN/PJ, N° 3616-
2012-P-CSJI/PJ, N° 6677-2012-P-CSJLA/PJ, N° 937-2012-
OA-CSJPA-PJ, Nros. 1570-2012-P-CSJSM-PJ y 1424-
2012-P-CSJSM/PJ, Nros. 6214 y 6215-2012-P-CSJSA/PJ
y Nros. 6225 y 6795-2012-P-CSJSU/PJ, cursados por
los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de
Ancash, Cajamarca, Huánuco, Ica, Lambayeque, Pasco,
San Martín, Santa y Sullana, respectivamente.
CONSIDERANDO:
Primero. Que los Presidentes de las Cortes
Superiores de Justicia de Ancash, Cajamarca, Huánuco,
Ica, Lambayeque, Pasco, San Martín, Santa y Sullana,
mediante los referidos documentos solicitan a este
Órgano de Gobierno la reubicación, conversión, prórroga
y adición de funciones de órganos jurisdiccionales penales
liquidadores transitorios, para la adecuada implementación
del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos
Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal.
Segundo. Que por lo expuesto en los Informes Nºs.
095, 096, 097, 098, 099, 100, 101, 102, 103 y 104-2012-
STJ-ETI-CPP/PJ, elaborados por el Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal
Penal, y teniendo en cuenta que este Poder del Estado
tiene como política institucional adoptar medidas en
aras de un óptimo servicio de impartición de justicia,
garantizando a su vez la tutela jurisdiccional, deviene en
necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar
al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades
del servicio y a los limitados recursos existentes para
dicho propósito.
Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del artículo
82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos
jurisdiccionales, aprobar la modif‌i cación de sus ámbitos
de competencia territorial. Asimismo, adoptar acuerdos y
demás medidas necesarias para que las dependencias de
este Poder del Estado funcionen con celeridad y ef‌i ciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N°
1074-2012 de la sexagésima primera sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la
intervención de los señores San Martín Castro, Almenara
Bryson, Walde Jáuregui, Meneses Gonzales, Palacios
Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar, con efectividad al 1°
de diciembre del año en curso, el funcionamiento de los
siguientes órganos jurisdiccionales:
Hasta el 31 de diciembre de 2012
DISTRITO JUDICIAL DE HUANUCO
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia
de Huacaybamba.
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTIN
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia
de Moyobamba.
Hasta el 31 de enero de 2013
DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA
Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de
Cajamarca.
Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de
Chota.
Hasta el 31 de marzo de 2013
DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia
de Sihuas.
DISTRITO JUDICIAL DE ICA
Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de
Pisco.
DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia
de Trujillo.
DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE
Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de
Jaén.
DISTRITO JUDICIAL DE PASCO
Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores
Transitorios de la Provincia de Pasco.
Hasta el 30 de abril de 2013
DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia
de Recuay.
DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA
Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia del
Santa.
Quinto y Sexto Juzgados Penales Liquidadores
Transitorios de la Provincia del Santa.

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