RESOLUCION N° 9188-2012 - Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y Cusco

Fecha de disposición19 Diciembre 2012
Fecha de publicación19 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012 481239
materia de la Resolución N°1594-2010-MP-FN, de fecha
29 de setiembre del 2010, con efectividad a partir del 17
de diciembre del 2012.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,
Of‌i cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal
mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES
Fiscal de la Nación
880153-5
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente acerca de la
emisión de Certificados de Depósito
Negociables que realizará Financiera
Créditos Arequipa S.A. en el marco
del “Primer Programa de Certificados
de Depósito Negociables de Financiera
Créditos Arequipa S.A.”
RESOLUCIÓN SBS Nº 9091-2012
Lima, 5 de diciembre de 2012
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por la Financiera Créditos
Arequipa S.A. para que se otorgue opinión favorable
para la emisión de Certif‌i cados de Depósito Negociables
denominada “Primer Programa de Certif‌i cados de Depósito
Negociables de Financiera Créditos Arequipa S.A.”, hasta
por un monto máximo de S/. 200 000 000.00 (Doscientos
millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en
Dólares Americanos; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante Ley General,
en su artículo 234° faculta a las empresas del sistema
f‌i nanciero a emitir los instrumentos f‌i nancieros a que se
ref‌i ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la
Superintendencia autorice mediante norma de carácter
general;
Que, el artículo 221°, numeral 14 y el artículo 284° de la
Ley General, faculta a las empresas f‌i nancieras a emitir y
colocar, entre otros instrumentos de deuda, certif‌i cados de
depósito negociables; asimismo considerando lo dispuesto
en el Reglamento de Certif‌i cados de Depósito aprobado
por la Res. SBS N° 021-2001, así como lo señalado en la
Circular N° F-414-2000;
Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la
emisión de instrumentos f‌i nancieros de captación de ahorro
del público debe ser acordada por el órgano de dirección
de la empresa, y requiere opinión previa favorable de esta
Superintendencia; _
Que, en Junta General Universal de Accionistas
celebrada el 16 de octubre de 2012, se acordó por
unanimidad la emisión del “Primer Programa de Certif‌i cados
de Depósito Negociables de Financiera Créditos Arequipa
S.A.” hasta por la suma de S/. 200 000 000.00 (Doscientos
millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en
Dólares Americanos;
Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar
la documentación requerida en el Procedimiento N°
25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos
actualmente vigente;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “C” y el Departamento de
Supervisión de Riesgo de Mercado, Liquidez e Inversiones,
y contando con el visto bueno de las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Microf‌i nanzas y de Riesgos;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
349° de la Ley General y en virtud de las facultades
delegadas por Resolución SBS N° 8911-2012 de fecha 27
de noviembre de 2012;
RESUELVE:
Artículo Único.- Opinar favorablemente acerca de
la emisión de Certif‌i cados de Depósito Negociables
que realizará la Financiera Créditos Arequipa S.A., en
el marco del programa denominado “Primer Programa
de Certif‌i cados de Depósito Negociables de Financiera
Créditos Arequipa S.A.”, hasta por un monto máximo de
S/. 200 000 000.00 (Doscientos millones y 00/100 Nuevos
Soles) o su equivalente en Dólares Americanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (a.i.)
879752-1
Autorizan al Banco Internacional del
Perú - Interbank la apertura de agencias
ubicadas en los departamentos de Lima
y Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 9188-2012
Lima, 6 de diciembre de 2012
La Intendente General de Banca (e)
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Internacional del
Perú - Interbank para que esta Superintendencia autorice
la apertura de dos agencias, según se indica en la parte
resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, el referido Banco ha presentado la documentación
pertinente que sustenta el pedido formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y la Resolución N° 775-2008; y, en uso
de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS
Nº 12883-2009 y Resolución SBS Nº 281-2012;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del
Perú - Interbank la apertura de dos agencias, según se indica:
- Agencia TF Plaza Lima Norte II, sito en: Av. Gerardo
Unger N° 6911, 6917 y 6933 Local LCT-33, distrito de
Independencia, provincia y departamento de Lima.
- Agencia TF Cusco Larapa, sito en: Urb. Cachimayo
I Frontis Av. De la Cultura, Mz. C, Lote 21-A, distrito de San
Sebastián, provincia y departamento de Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca (e)
879213-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR