RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 464-2012-P-CSJLI/PJ - Designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición29 de Junio de 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 29 de junio de 2012
469562
VISTOS;
Que, el Of‌i cio 1320-2012-GAD-CSJLI/PJ expedido
por la Gerencia de Administración Distrital a efectos de la
ejecución de la f‌i scalización posterior de los Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Poder Judicial en la Corte
Superior de Justicia de Lima;
CONSIDERANDO:
amplía el alcance de los procedimientos sujetos a silencio
administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del
silencio administrativo negativo con el propósito de ofrecer
una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el
ejercicio de los derechos de los ciudadanos;
establece la obligación de la entidad de realizar la
f‌i scalización posterior de los documentos e información
presentada por el administrado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 32º de la Ley del Procedimiento
Administrativo General, Ley Nº 27444.
Que, el artículo 31º de la Ley de Procedimiento
Administrativo General, establece que en los
procedimientos de aprobación automática las entidades no
emiten pronunciamiento expreso, debiendo sólo realizar la
respectiva f‌i scalización posterior;
Que, con relación a la f‌i scalización posterior, los
numerales 1.8 y 1.16 del artículo IV del Título Preliminar y
el artículo 32º de la Ley de Procedimiento Administrativo
General, establecen que la tramitación de los procedimientos
administrativos se sustentan en la aplicación de la f‌i scalización
posterior, quedando las entidades obligadas a verif‌i car de
of‌i cio, mediante un sistema de muestreo, la autenticidad de
las declaraciones, documentos, informaciones y traducciones
proporcionadas por el administrado;
Que, el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM, establece
las normas y lineamientos aplicables a las acciones de
f‌i scalización posterior en los procedimientos administrativos
sujetos a aprobación automática o f‌i scalización previa;
Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de
la Resolución Administrativa Nº 033-2012-CE.-PJ, aprobó la
Directiva Nº 002-2012-CE-PJ, “Fiscalización posterior de los
procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial”,
af‌i n de comprobar la autenticidad de las declaraciones,
documentos, informaciones y traducciones proporcionadas por
los administrados en los procedimientos administrativos sujetos
a aprobación automática o a evaluación previa contenida en el
TUPA del Poder Judicial;
Que, el artículo 6.1 de la acotada Directiva establece que
el proceso de f‌i scalización aleatoria deberá ser realizado por
personal expresamente designado en cada Unidad Orgánica
que tenga a su cargo Procedimientos Administrativos sujetos
a Aprobación Automática o a Evaluación Previa contenidos
en el TUPA del Poder Judicial.
Que, conforme al Anexo 1 de la acotada Directiva se
entiende por Unidades Orgánicas, para efectos de este
procedimiento: a la Corte Suprema de la República, Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia,
Órgano de Control de la Magistratura, Órgano Desconcentrado
de Control de la Magistratura, y Gerencia General.
Que, de acuerdo a los artículos 6.2 y 6.4 de la Directiva
Nº 002-2012-CE-PJ los titulares de las Unidades a cargo de
los Procedimientos Administrativos sujetos a Fiscalización
Posterior realizarán la evaluación de los resultados de la
Fiscalización Posterior que efectúe el personal designado,
no pudiendo ser designados para labores de f‌i scalización y
supervisión el personal de las unidades orgánicas que tuvo
a su cargo el trámite de los Procedimientos Administrativos
sujetos a f‌i scalización posterior.
Que, de acuerdo a la Resolución Administrativa Nº
158-2010-CE-PJ publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano,
con fecha 15 de Mayo del 2010, se aprobó el Texto Único
de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial,
el cual contiene para las unidades orgánicas: Cortes
Superiores de Justicia de la República 38 procedimientos
administrativos, sean resueltos por la Presidencia de la
Corte Superior de Justicia de Lima, o por Jefatura de la
Of‌i cina de Administración de la Corte Superior de Justicia
o actualmente, para el caso de la Corte Superior de
Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital
directamente o a través de alguna de sus dependencias;
Que, de acuerdo al artículo 28º del Reglamento de
Organización y Funciones de las Corte Superiores de
Justicia con Consejo Ejecutivo Distrital, aprobado por
Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial Nº 230-2011-CE-PJ, la Gerencia de Administración
Distrital cuenta con la estructura siguiente: Área de
Trámite documentario y archivo, Unidad Administrativa y
de Finanzas, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, y la
Unidad de Servicios Judiciales.
En uso de las facultades previstas en el artículo 90º
inciso 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al personal encargado de la
f‌i scalización posterior de los procedimientos administrativos
contenidos en el acápite Unidad Orgánica: Cortes Superiores
de Justicia de la República del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Poder Judicial:
• Señor Edwin Ernesto Alarcón Mundaca, Jefe de la
Unidad de Administración y de Finanzas de la Corte Superior
de Justicia de Lima, quien será responsable de f‌i scalizar los
procedimientos administrativos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 12, 13, 14,
15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30,
31, 32, 33, 34, 36, 37, y 38 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Poder Judicial.
• Señorita Ingrid Rodríguez Gamarra, servidora de
la Jefatura de Secretaria de la Presidencia, quien será
responsable de f‌i scalizar los procedimientos administrativos
9, 10, 11 y 35 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Disponer, por delegación, que la
Gerencia de Administración Distrital, en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 6.4 de la Directiva Nº002-2012-CE-
PJ, realice la evaluación de los resultados de la f‌i scalización
posterior de los Procedimientos Administrativos señalados
en el artículo anterior.
Para tal f‌i n, la Gerencia de Administración Distrital
deberá presentar a esta Presidencia un informe escrito con
los resultados de la f‌i scalización posterior a los quince (15)
de cumplidos los plazos señalados en el artículo 6.3 de la
Directiva Nº002-20012-CE-PJ.
Artículo Tercero.- Facúltese a la Gerencia de
Administración Distrital elaborar y ejecutar el Plan para el
proceso de f‌i scalización posterior de los Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Poder Judicial en la Corte
Superior de Justicia de Lima.
Artículo Cuarto.- Disponer, para efectos de lo
dispuesto por el artículo primero de esta Resolución, que
los señores Jorge Luis Cáceres Neyra y Renato Emmanuel
Arista Villanueva, asesores de la Presidencia de esta
Corte, prestarán apoyo e informarán a la Presidencia de los
avances en las labores de f‌i scalización posterior del TUPA
del Poder Judicial, sin perjuicio de las responsabilidades
que le corresponden al personal asignado en el artículo
primero.
Artículo Quinto.- Poner en conocimiento la presente
Resolución Administrativa a la Presidencia del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, la Presidencia del Poder
Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital, la Secretaria General
de la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de
Administración Distrital y Coordinación de Personal de la
Corte Superior de Justicia de Lima.
Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase.
HECTOR ENRIQUE LAMA MORE
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
808168-1
Designan Juez Supernumeraria del
Primer Juzgado de Paz Letrado de
Surco y San Borja de la Corte Superior
de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 464-2012-P-CSJLI/PJ
Lima, 28 de junio del 2012

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