RESOLUCION DE ALCALDIA N° 114-2014/MDSMP - Declaran de oficio la habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito

Fecha de disposición17 Mayo 2014
Fecha de publicación17 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 17 de mayo de 2014 523467
Artículo Tercero.- MODIFICAR el artículo 5° del
Decreto de Alcaldía N° 007-2014-ALC/MSI, el mismo que
quedará redactado de la siguiente manera:
“(…) ARTÍCULO 5°.- DEL PROCESO DE CONSULTA
DIRECTA
5.1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo
6° de la Ordenanza N° 086-MSI; una vez absueltas las
consultas y no habiendo más temas a tratar en el Cabildo
Abierto, los vecinos pasarán a votar el tema materia
de consulta en los módulos de votación previamente
determinados por el Comité Electoral; para lo cual deberán
cumplir con lo señalado en el artículo 3°.
5.2 Los módulos de votación estarán conformados
por tres (03) miembros, los cuales serán personal asignado
por la Municipalidad de San Isidro, debiendo publicarse la
relación de estos en dichas ubicaciones.
5.3 Durante el acto de votación, no se permitirá
propaganda electoral, ni interferencias o interrupciones
que afecten el proceso de Consulta.
5.4 Para efectos de la votación respecto del tema
específ‌i co planteado materia del Cabildo Abierto, el
vecino procederá a marcar “SI”, cuando está a favor de la
propuesta hecha o “NO” si está en contra.
5.5 El proceso de Consulta Directa, se iniciará con
la instalación del módulo de votación; luego de lo cual,
se da inicio a la votación, procediendo los miembros del
Módulo a identif‌i car a los vecinos del distrito en el Padrón
Electoral, solicitándoles el documento que acredite tal
condición, le entregarán la cédula, pasará a la cámara
secreta para emitir su voto. Acto seguido, depositará su
voto en el ánfora, suscribirá el padrón electoral y colocará
su huella digital, recibiendo su documento nacional
de identidad o carné de extranjería por parte de los
miembros.
5.6 Terminada la votación, se inicia el escrutinio.
Considerándose voto válido aquel en el cual se marque
con “x” o “+” cuya intersección se encuentre dentro del
recuadro que contiene la opción de su preferencia.
5.7 Realizado el escrutinio de los votos, se
consignará en el Acta Electoral, los resultados la votación;
las observaciones que hubiere, la hora de la f‌i nalización
del escrutinio, la f‌i rma obligatoria de los miembros de los
módulos de votación.
5.8 Posteriormente a ello, se levantará el Acta de
Resultados de la votación en el cual se consolidarán los
resultados de las actas de escrutinio de todos los módulos
de votación, la misma que deberá ser suscrita por el señor
Alcalde, el Gerente Municipal y tres (03) representantes
de los vecinos y custodiarse en un archivo especial que la
Secretaría General abrirá para tales efectos.(…)”
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General
la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente norma a la Gerencia Municipal, Of‌i cina de
Participación Vecinal y demás unidades orgánicas de
acuerdo a sus funciones.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MAGDALENA DE MONZARZ STIER
Teniente Alcalde
Encargada del Despacho de Alcaldía
1084435-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la habilitación urbana
de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 114-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 9 de mayo del 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El informe Nº 193-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio del terreno constituido por la Parcela
10214 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha
Nº 184439, continuada en la Partida Nº 43765019 del
Registro de la Propiedad Inmueble, y sobre el cual se
ha constituido la Asociación de Propietarios de Vivienda
Fhiladelf‌i a IV Etapa, e n nuestra jurisdicción, cuya área
es de 46,000.00 m², con los siguientes linderos y medidas
perimétricas:
Por el Norte: Colinda con la U.C.10212, inscrita en la
Ficha 1184959, con una línea recta del lado “A”-“B”, de
221.96 m.
Por el Este: Colinda con propiedad de terceros,
mediante una línea recta del punto “K”-“A” de 192.68 m.
Por el Sur: Colinda con la U.C. 10215, inscrita en la
Ficha 441426, con una línea quebrada en dos tramos
rectos, del punto “I”-“J” con 66.16 m. y del punto “J”-“K”
con 178.61 m.; ambos tramos suman 244.77 m.
Por el Oeste: Colinda con el límite distrital con
la Provincia Constitucional del Callao, con una línea
quebrada de 7 tramos rectos, de la siguiente manera: del
tramo “B”-“C” con 9.75 m., del tramo “C”-“D” con 47.25 m.,
del tramo “D”-“E” con 21.21 m., del tramo “E”-“F” con 30.74
m., del tramo “F”-“G” con 31.02 m., del tramo “G”-“H” con
15.93 m., y del tramo “H”-“I” con 42.77 m.; sumando los
tramos en total 198.67 m.
Que, según la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en
el diario of‌i cial El Peruano el 14.MAYO.2007, que aprueba
el Reajuste Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo
de los distritos de San Martín de Porres, Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana, conforme al Plano de Zonif‌i cación
de los Usos del Suelo, se calif‌i ca al terreno con dos
zonif‌i caciones: Zonif‌i cación Residencial de Densidad
Media – RDM y Comercio Vecinal – CV;
Que, de acuerdo a lo señalado, se está respetando
las secciones viales, cumpliendo los módulos con lo
dispuesto en el Reglamento Nacional de Edif‌i caciones;
las vías locales propuestas se denominan Calles 1, 3, A,
B, C, D, y E, cumpliendo también con el Reglamento; y
respecto a los aportes reglamentarios en aplicación a lo
establecido en el artículo 40º, numeral 40.3 del Decreto
Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, las habilitaciones
urbanas declaradas de of‌i cio no se encuentran sujetas
a los aportes de la Habilitación Urbana; sin embargo,
la urbanización ha dejado un área de 3,576.92 m² para
Recreación Pública, (Parque Nº 1) por lo que la propuesta
resulta CONFORME;
Que la Sucesión Intestada Alejandro Shiroma Shiroma,
debidamente representada, según poder inscrito en el
Asiento A00001 de la Partida Nº 13116055 del registro de
Mandatos y Poderes de la Of‌i cina Registral de Lima, ha
tomado conocimiento del inicio del proceso de Habilitación
Urbana de Of‌i cio, prestando el consentimiento y
autorización para la consecuente independización de los
lotes que conforman la Asociación de Vivienda Fhiladelf‌i a
IV Etapa;
Que, al respecto la Subgerencia de Catastro y
Habilitaciones Urbanas emite opinión favorable de
acuerdo a sus Informes Nos. 559-2014-SGCHU-GDU-
MDSMP y 583-2014-SGCHU-GDU-MDSMP, existiendo
asimismo la opinión legal favorable a través del Informe
Nº 697-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría
Jurídica;
Con la Visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y
43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;
Ley Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y Edif‌i caciones, su modif‌i catoria Ley Nº 29898 y su
Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-
2013-VIVIENDA;

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