ORDENANZA N° 01-2014-CR-RL - Aprueban Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Lima

Fecha de publicación17 Mayo 2014
Fecha de disposición17 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 17 de mayo de 2014
523458
un número de cien, ciruelos veinte, caña dulce veinte
plantaciones) tomate, culantro, chileno se aprecia
una choza de esteras, con paradores de madera y
guayaquiles, un poso tubular con una profundidad
de 60 metros con agua, dos norias artesanales; en el
cardinal sur se aprecia un canal revestido de cemento,
cuenta con agua que es donde el solicitante utiliza para
el regadío de las plantaciones existente en el terreno;
IV) el predio materia de la inspección cuenta con un
camino carrozable de ingreso que ha sido construido
por el solicitante, tiene los siguientes linderos NORTE:
terrenos eriazos, SUR: con terrenos eriazos, ESTE:
con terrenos eriazos, OESTE con terrenos eriazos,
existe algunas plantaciones de algarrobos, vichayos,
zapotes; estos datos se corroboran con el INFORME
TÉCNICO DE CAMPO Nº 35 de fecha 15.10. 2012;
Que, del documento expedido por la Zona Registral Nº
II-sede Chiclayo, consta que el predio rústico denominado
“Cayalti y Anexos” de una extensión superf‌i cial de 80.00
Has, ubicado en el distrito de Zaña, provincia de Chiclayo
departamento de Lambayeque, no se encuentra inscrito
en el registro de predios y no constituye propiedad
privada, ni de Comunidades Campesinas, por lo que es
de dominio del Estado conforme lo establece el artículo
3º de la Ley Nº 29151, por lo que corresponde tramitar
la inscripción en primera de dominio de predios a favor
del Estado representado por la Gerencia Regional de
Agricultura de Lambayeque, decisión que se encuentra
amparada en el inciso “n” del artículo 51º de la Ley Nº
27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales,
establece como función en materia agraria de los
Gobiernos Regionales - Para el presente caso a través
de la Gerencia Regional de Agricultura Lambayeque-
; la de promover, gestionar y administrar el proceso de
saneamiento físico legal de la propiedad agraria, con la
participación de los actores involucrados, cautelando el
carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las
tierras de las comunidades campesinas y nativas; función
ésta que es recogida en el literal L) del artículo 59º de la
Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR-LAMB/CR de fecha
20 de abril del 2011;
Que con fecha del 18 de noviembre del 2009 se expide
la Resolución Ministerial Nº 0811 -2009-AG a través de la
cual se resuelve aprobar la relación de procedimientos
administrativos a cargo de las Direcciones Regionales
Agrarias - hoy Gerencia Regional de Agricultura –
derivados de función “n” del artículo8 51º de la Ley Nº
27867, los mismos que se encuentran agrupados de la
siguiente manera:
a) En materia de Terrenos Eriazos : i) Levantamiento
de reserva de dominio o carga registral o contractual
de los Contratos de Otorgamiento de Tierras Eriazas, ii)
Otorgamiento de tierras eriazas en parcela de pequeña
agricultura; iii) Verif‌i cación de tierras eriazas con
aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado
– procedimiento solicitado por el señor Andrés Avelino
Samamé Chuque-, iv) Reversión a favor del Estado de los
predios rústicos adjudicados a título gratuito, v) Evaluación
de contratos de otorgamiento de tierras eriazas con f‌i nes
irrigación u otros usos agrarios otorgados en aplicación
de la legislación anterior a la Ley Nº 26505, procedimiento
este, que, es dispuesto mediante R.M. Nº 0304-2010-AG
de fecha 30 de abril del 2010, acto administrativo con el cual
concluye el proceso de transferencia de función específ‌i ca
a favor de algunos Gobiernos Regionales entre los que se
encuentra el Gobierno Regional de Lambayeque; b) En
materia de Comunidades Campesinas: i) Reconocimiento
de Comunidades Campesinas, ii) Deslinde y Titulación del
territorio de Comunidades Campesinas, iii) Elaboración
de planos y memorias descriptiva para la adjudicación
de tierras de Comunidades Campesinas de la costa a
favor de Comuneros poseedores y terceros poseedores,
iv) Declaración de abandono legal de tierras de la
Comunidades campesinas de la costa, cuando terceros
poseedores los tengan dedicados a la actividad
agropecuaria.
Por las Consideraciones expuestas en uso de las
facultades conferidas a esta Gerencia Regional de
Agricultura Lambayeque mediante Ley Nº 27867, Ley
Nº 27444, R.M. Nº 0811-2009-AG., R.E.R. Nº 014 2012-
GR-LAMB/PR, DR. Nº 016-2011-GR-LAMB/PR, R.E.R Nº
094-2013-GR-LAMB/PR y Memorando Nº 105-2011-GR-
LAMB/GRA-OSFLPA, con las visaciones de la Of‌i cina
de Saneamiento Físico Legal de la propiedad Agraria y
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la inscripción en
primera de dominio a favor del ESTADO representado
por la GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA
LAMBAYEQUE de 80.00 Has., de tierras eriazas, parte
integrante del predio “Cayalti y Anexos” ubicados en
el sector Cayalti y Anexos, distrito de Zaña. provincia,
de Chiclayo, departamento de Lambayeque, según el
plano perimétrico y de ubicación en coordenadas UTM y
memoria descriptiva que deben adjuntarse como sustento
de la resolución a expedirse, en virtud a que esta entidad
que ejerce la competencia de promover y gestionar
el proceso de saneamiento físico legal de la propiedad
agraria en los terrenos eriazos del Estado en la jurisdicción
del departamento de Lambayeque.
Artículo Segundo.- La Zona Registral Nº II Sede
Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos por el mérito de la resolución, efectuará la
inscripción en primera de dominio a favor del Estado
representado por la Gerencia Regional de Agricultura
Lambayeque, del terreno citado en el artículo precedente,
en el registro de predios de Chiclayo.
Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución
de la forma prevista por la ley.
Regístrese y comuníquese.
ENRIQUE DEL POMAR VILNER
Gerente Regional
1083970-1
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Aprueban Reglamento para el
Desarrollo del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados del
Gobierno Regional de Lima
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
ORDENANZA REGIONAL N° 01-2014-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LIMA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima
en su Sesión Ordinaria del día 13 de marzo del 2014 en
la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente:
VISTO:
El pedido del Consejero Regional por la Provincia
de Oyón, Sr. Olmer Luis Torres Albornoz, Presidente
de la “Comisión Ordinaria de Planif‌i cación Estratégica,
Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y
Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad
del Estado”; por el cual, solicita que se agende en
Sesión Ordinaria, el Of‌i cio Nº 0102-2014-GRL-PRES
del Presidente del Gobierno Regional de Lima, en el que
remite el Proyecto de “Reglamento para el Desarrollo
del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del Gobierno Regional de Lima”, a f‌i n de ser
considerado por el Pleno del Consejo Regional y aprobado
mediante Ordenanza Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución
Política del Perú, en concordancia con el artículo 2º de la
los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular,
son personas jurídicas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa, constituyendo para
su administración económica y f‌i nanciera, un pliego
presupuestal;
de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo

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