Resolución nº 000317-2014/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 28 de Febrero de 2014

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2014
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente2841-2013/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 002841-2013/DIN

RESOLUCION Nº

000317-2014/DIN-INDECOPI

Lima, 28 de febrero de 2014

Acto Modificatorio: Aceptado – Cambio de domicilio

Mediante expediente Nº 002841-2013/DIN, iniciado el 18 de diciembre de 2013, CRISTAL USA INC. de Estados Unidos de América, solicita que se inscriba el cambio de domicilio del titular de la patente de invención para

“COMPUESTOS DE TIO2 OBTENIDOS A PARTIR DE UN MINERAL CON ALTO CONTENIDO DE SILICE”, inscrita mediante Título Nº 3755.

  1. CUESTION PREVIA

    Mediante Resolución Nº 000316-2014/DIN-INDECOPI de fecha 28 de febrero de 2014, emitida en el expediente Nº 002840-2013/DIN, se dispuso inscribir el cambio de nombre MILLENNIUM INORGANIC CHEMICALS LIMITED de Estados Unidos de América, titular de la patente de invención para “COMPUESTOS DE TIO2 OBTENIDOS A PARTIR DE UN MINERAL CON ALTO CONTENIDO DE SILICE”, inscrita mediante Título Nº 3755, adoptando el nombre de CRISTAL USA INC. de Estados Unidos de América.

  2. ANALISIS

    De la información contenida en los registros de la Dirección, se ha podido constatar que CRISTAL USA INC. de Estados Unidos de América, es titular de la patente de invención para “COMPUESTOS DE TIO2 OBTENIDOS A PARTIR DE UN MINERAL CON ALTO CONTENIDO DE SILICE”, inscrita mediante Título Nº 3755, vigente hasta el 16 de abril de 2021.

    Conforme lo establece el artículo 70 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, aplicable por remisión del artículo 133 de la norma acotada, el titular de un diseño industrial podrá pedir a la oficina nacional competente que se modifique la patente para consignar cualquier cambio en el nombre, dirección, domicilio u otros datos del titular o del inventor o para modificar o limitar el alcance de una o más de las reivindicaciones. Del mismo modo, podrá pedir la corrección de cualquier error material en la patente. Serán aplicables en lo pertinente, las disposiciones relativas a la modificación o corrección de una solicitud.

    El artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1075, que aprueba las disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad 1 de 2

    Andina, señala que las transferencias, licencias, modificaciones y otros actos que afecten derechos de propiedad industrial, se inscribirán en los registros de la Propiedad Industrial, y surtirán efectos frente a terceros a partir de su inscripción.

    Asimismo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 14º del Decreto Legislativo 1075...

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