Resolución nº 000047-2014/CIN de Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 18 de Marzo de 2014

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorComisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente137-2011/DIN

DIRECCION DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGIAS

Comisión de Invenciones y

Nuevas Tecnologías

EXPEDIENTE Nº 000137-2011/DIN

RESOLUCION Nº

000047-2014/CIN-INDECOPI

Lima, 18 de marzo de 2014

MODALIDAD : PATENTE DE INVENCIÓN

SOLICITANTE : BAYER SCHERING PHARMA

AKTIENGESELLSCHAFT

OPOSITORES : FARMINDUSTRIA S. A.

UNIMED DEL PERÚ S.A.

SUMILLA : SOLICITUD CADUCA - FALTA DE PAGO DE

ANUALIDAD – NO CORRESPONDE EMITIR PRONUNCIAMIENTO SOBRE OPOSICIONES.

  1. ANTECEDENTES

Mediante expediente Nº 000137-2011/DIN, iniciado el 08 de febrero de 2011, con fecha de presentación internacional PCT el 07 de agosto de 2009, BAYER SCHERING PHARMA AKTIENGESELLSCHAFT, de Alemania, solicita patente de invención para

"SISTEMA DE ADMINISTRACION DE DROGAS QUE CONTIENE PROGESTINA", a la cual formularon oposición FARMINDUSTRIA S.A. y UNIMED DEL PERÚ S.A., ambas firmas de Perú.

ANALISIS 2.

La Decisión 311 de la Comisión de la Comunidad Andina estableció la obligación de pagar tasas periódicas para mantener vigente una patente o una solicitud de patente en trámite. Esta obligación se mantuvo en las Decisiones 313 y 344, y se mantiene en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, que actualmente establece el Régimen Común de Propiedad Industrial para sus Países Miembros.

En ese sentido, el artículo 80 de la Decisión 486 establece que para mantener vigente una solicitud de patente en trámite se deberán pagar tasas anuales, de conformidad con las disposiciones de la oficina nacional competente.

Asimismo, el citado artículo señala que la fecha de vencimiento de cada anualidad será el último día del mes en que fue presentada la solicitud, y que las tasas anuales, conjuntamente con el recargo correspondiente, podrán ser pagadas dentro de un plazo de gracia de seis meses.

1 de 2

De igual forma, el referido artículo establece que la falta de pago de la tasa anual producirá de pleno derecho la caducidad de la solicitud de patente en trámite.

De la verificación de los actuados en el presente expediente, se ha podido constatar que mediante proveído de fecha 02 de septiembre de 2013, se le otorgó a la solicitante un periodo de gracia de seis meses para efectuar el pago de la anualidad correspondiente al periodo 2013-2014, el mismo que fue debidamente notificado el 09 de septiembre de 2013, según obra a foja 405 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR