Resolución nº 000345-2014/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 24 de Marzo de 2014

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2014
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente562-2009/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 000562-2009/DIN

RESOLUCIÓN Nº

000345-2014/DIN-INDECOPI

Lima, 24 de marzo de 2014

Patente de invención: Concesión parcial – Claridad y concisión en las reivindicaciones

Mediante expediente Nº 000562-2009/DIN, iniciado el 23 de abril de 2009, con prioridades de fechas 23 de abril de 2008 y 14 de abril de 2009, BRISTOL-MYERS SQUIBB COMPANY de Estados Unidos de América, solicita patente de invención para "COMPUESTOS DE QUINUCLIDINA COMO LIGANDOS DEL RECEPTOR NICOTINICO DE ACETILCOLINA ALFA-7", C.I.P.8 C07D 453/00; C07D 498/20; A61K 31/439; A61P 25/28, cuyos inventores son JAMES H. COOK II; IVAR M.

McDONALD; RICHARD E. OLSON; NENGHUI WANG; CHRISTIANA I. IWUAGWU; JOHN E. MACOR; DALTON KING y F. CHRISTOPHER ZUSI.

  1. ANÁLISIS DE LO ACTUADO

  2. 1 Legislación pertinente

    De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, los Países Miembros otorgarán patentes para las invenciones, sean de producto o de procedimiento, en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial.

    El artículo 18 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina establece que se considerará que una invención tiene nivel inventivo, si para una persona del oficio normalmente versada en la materia técnica correspondiente, esa invención no hubiese resultado obvia ni se hubiese derivado de manera evidente del estado de la técnica.

    El artículo 30 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina establece que las reivindicaciones definirán la materia que se desea proteger mediante la patente. Deben ser claras y concisas y estar enteramente sustentadas por la descripción. Las reivindicaciones podrán ser independientes o dependientes. Una reivindicación será independiente cuando defina la materia que se desea proteger sin referencia a otra reivindicación anterior. Una reivindicación será

    dependiente cuando defina la materia que se desea proteger refiriéndose a una reivindicación anterior.

    1 de 5

    El artículo 45 de la misma norma establece que si la oficina nacional competente encontrara que la invención no es patentable o que no cumple con alguno de los requisitos establecidos en esta decisión para la concesión de la patente, lo notificará al solicitante. Este deberá responder a la notificación dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de notificación. Cuando la oficina nacional competente estimara que ello es necesario para los fines del examen de patentabilidad, podrá notificar al solicitante dos o más veces conforme al párrafo precedente. Si la solicitante no respondiera a la notificación dentro del plazo señalado, o si a pesar de la respuesta subsistieran los impedimentos para la concesión, la oficina nacional competente denegará la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR