Resolución nº 000155-2014/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 18 de Febrero de 2014

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2014
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente958-2009/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 000958-2009/DIN

RESOLUCIÓN Nº

000155-2014/DIN-INDECOPI

Lima, 18 de febrero de 2014

Solicitud caduca de patente de invención - Pago de anualidades

Mediante expediente Nº 000958-2009/DIN, iniciado el 20 de julio de 2009, JTS INTERNATIONAL CORPORATION y YOSHIO GOMI ambos de Japón, solicitan patente de invención para "METODO PARA INCINERACION DE RESIDUOS MEDIANTE UN INCINERADOR DE LECHO FLUIDIZADO ARREMOLINADO DE DOS ETAPAS".

  1. ANALISIS

La Decisión 311 de la Comisión de la Comunidad Andina, estableció la obligación de pago de tasas periódicas para mantener vigente la patente o una solicitud de patente en trámite. Esta obligación se mantiene en las Decisiones 313, 344 y 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

El artículo 80 de la Decisión 486 establece que para mantener vigente una solicitud de patente en trámite deberán pagarse las tasas anuales, de conformidad con las disposiciones de la oficina nacional competente.

Asimismo, el citado artículo establece que la fecha de vencimiento de cada anualidad será el último día del mes en que fue presentada la solicitud y que la tasa anual podrá pagarse dentro de un plazo de gracia de seis meses, plazo que fue debidamente notificado a los solicitantes, según obra a foja 230 del expediente.

Habiendo vencido el plazo de gracia para cumplir con la obligación de pagar la tasa periódica o anualidad, se verifica en los actuados que obran en el expediente, que los solicitantes no han cumplido con dicha obligación.

La presente...

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