Resolución nº 000197-2014/DIN de Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 26 de Febrero de 2014

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2014
EmisorOficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente656-2004/OIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 000656-2004/OIN

RESOLUCIÓN Nº

000197-2014/DIN-INDECOPI

Lima, 26 de febrero de 2014

Título caduco de patente de invención - Pago de anualidades

Visto el título Nº 4933, correspondiente a la patente de invención otorgada para "MEJORAS REFERIDAS A FILTROS DE ARTICULOS PARA FUMAR" el 27 de marzo de 2008, inscrita a favor de BRITISH AMERICAN TOBACCO

(INVESTMENTS) LIMITED, de Reino Unido, tramitado bajo expediente Nº 000656- 2004/OIN.

  1. ANÁLISIS

    La Decisión 311 de la Comisión de la Comunidad Andina, estableció la obligación de pago de tasas periódicas para mantener vigente la patente o una solicitud de patente en trámite. Esta obligación se mantiene en las Decisiones 313, 344 y 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

    La patente de vista al haber sido concedida bajo la vigencia de la Decisión 486, se encuentra sujeta a la obligación de pago de tasa de mantenimiento.

    El artículo 80 de la Decisión 486 establece que para mantener vigente una patente deberán pagarse las tasas anuales, de conformidad con las disposiciones de la oficina nacional competente.

    Asimismo, el citado artículo establece que la fecha de vencimiento de cada anualidad será el último día del mes en que fue presentada la solicitud y que la tasa anual podrá pagarse dentro de un plazo de gracia de seis meses, plazo que fue debidamente notificado a la titular, según obra a foja 126 del expediente.

    Habiendo vencido el plazo de gracia para cumplir con la obligación de pagar la tasa periódica o anualidad, se verifica en los actuados que obran en el expediente, que la titular no ha cumplido con dicha obligación.

    La presente...

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