Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Primera Sala Constitucional y Social Transitoria de 9 de Agosto de 2000 (Expediente: 001392-2000)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE LIMA
Número de expediente001392-2000
Fecha09 Agosto 2000
MateriaPODER JUDICIAL - ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Corte Suprema de Justicia de la República

Sala de Derecho Constitucional y Social

M.C. N° 1392-00

LIMA

//ma, nueve de agosto del dos mil.-

VISTOS, por los fundamentos de la

recurrida; y

CONSIDERANDO

; Además: que, conforme se desprende del

escrito de fojas cinco, la finalidad de la solicitud cautelar es la misma pretensión

que contiene el proceso principal cuya demanda corre a fojas veinticinco, no

pudiéndose por vía cautelar conceder aquello que sería la ejecución de lo que

es materia del fondo mismo de la acción de amparo, por expresa prohibición

establecida en el último párrafo del artículo treintiuno de la Ley veintitrés mil

quinientos seis, modificado por el artículo uno de la Ley veinticinco mil

cuatrocientos treintitrés, razones por las que CONFIRMARON la resolución de

fojas cuatrocientos treinta, su fecha veintisiete de abril del dos mil, que declara

IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar interpuesta por don Pedro

Burga Palacios, contra el Cuarto Juzgado Especializado en Tráfico Ilícito de

Drogas; en los seguidos sobre Acción de A.; y los devolvieron.-

S.S.

BUENDIA G.

BELTRAN Q.

ALMEIDA . P.

SEMINARIO V.

ZEGARRA Z.

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