Resolución nº 001160-2013/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 9 de Septiembre de 2013

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2013
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente126-2010/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 000126-2010/DIN

RESOLUCION Nº

001160-2013/DIN-INDECOPI

Lima, 09 de septiembre de 2013

Recurso de reconsideración: Infundado

Mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2012 y 01 de marzo de 2012, CESAR RICARDO GUERRA TIRADO de Perú, interpone recurso de reconsideración contra la Resolución de Abandono de fecha 31 de enero de 2012,

recaída en el presente expediente.

  1. ANTECEDENTES

  2. 1.

    Resumen de la Resolución recurrida

    Mediante Resolución de fecha 31 de enero de 2012, se declaró el abandono de la solicitud de patente de invención para “PEGAMENTO A BASE DE RESINA POLIESTER”, presentada por Cesar Ricardo Guerra Tirado, el 03 de marzo de 2010.

    La referida Resolución se emitió en cumplimiento del apercibimiento contenido en la orden de aviso Nº 869-2011, emitida el 29 de noviembre de 2011 y recibida por la solicitante el 05 de diciembre de 2011, toda vez que la solicitante no cumplió con efectuar la publicación de la presente solicitud en el Diario Oficial “El Peruano” dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 del Decreto Legislativo 1075, que aprueba Disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

  3. 2.

    Nueva prueba instrumental

    A fin de desvirtuar los fundamentos de la resolución impugnada, el solicitante presentó en calidad de nueva prueba instrumental, un ejemplar de la revista titulada “Super pegamento adherente especial – GEL B-2 / B-3 / B-4”, el cual demostraría el gran interés del solicitante respecto al presente expediente, así como

    copia del escrito de fecha 7 de noviembre de 2011 mediante el cual renunciaba de manera definitiva a algunas patentes tramitadas bajo otros expedientes.

    Adicionalmente, el solicitante señaló que no realizó la publicación en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano, por confundir la orden de publicación de la presente solicitud con la orden de publicación de una solicitud de registro de marca.

  4. ANÁLISIS DE LO ACTUADO

  5. 1.

    Recurso de reconsideración

    A tenor de lo dispuesto en el artículo 131 del Decreto Legislativo Nº 1075, que aprueba las Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial, el recurso de reconsideración se interpondrá contra las resoluciones expedidas por las Direcciones competentes, dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación, y...

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