Sentencia nº 000800-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 30 de Noviembre de 2001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente002/009-2000/WPO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0800-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 002/009-2000-WPO
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE
LIMA (LA COMISION)
ACREEDOR : INVERSIONES HELENICAS S.A. (INVERSIONES
HELENICAS)
DEUDOR : INVERSIONES COSTA LINDA S.A. (COSTA LINDA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
VINCULACION ECONOMICA
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
EXISTENCIA DE LOS CREDITOS
ORIGEN DE LOS CREDITOS
CREDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
SUMILLA: en el procedimiento sobre reconocimiento de créditos seguido
por Inversiones Helénicas frente a Inversiones Costa Linda S.A., se ha
resuelto confirmar la Resolución N° 1600-2001/CRP-ODI-CCPL emitida el 16
de mayo de 2001 por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del INDECOPI en el Colegio de Contadores Públicos
de Lima, en el extremo impugnado en que revocó la Resolución N° 0125-
2000/CRP-ODI-CCPL emitida el 21 de agosto de 2000 por la Comisión Ad-
Hoc del Colegio de Contadores Públicos de Lima, que reconoció a favor de
Inversiones Helénicas S.A. frente a Inversiones Costa Linda S.A. créditos
ascendentes a US$ 300 000,00 por capital y US$ 38 862,00 por intereses,
Ello, en tanto que la documentación acompañada por Inversiones Helénicas
S.A. y aquella recolectada por los propios funcionarios de la autoridad
concursal, no constituyen respaldo suficiente para garantizar de manera
indubitable el origen y existencia de los créditos invocados, conforme lo
exige el precedente de observancia obligatoria aprobado por esta Sala
mediante Resolución Nº 079-97-TDC.
Lima, 30 de noviembre de 2001
I ANTECEDENTES
El 23 de mayo de 2000, Costa Linda presentó ante el señor Walter Ramón
Pinedo Orrillo, fedatario adscrito a la Comisión Ad-Hoc del Colegio de Contadores
Públicos de Lima – en adelante, la Comisión Ad-Hoc-, una solicitud para acogerse
al procedimiento transitorio regulado por el Decreto de Urgencia Nº 064-99.
El 5 de junio de 2000, Inversiones Helénicas solicitó el reconocimiento de créditos
frente a Costa Linda ascendentes a US$ 300 000,00 por capital y

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