Sentencia nº 001159-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Junio de 2011

Fecha de Resolución13 de Junio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0024-2010/CCD-INDECOPI-CAJ
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1159-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0024-2010/ CCD-INDECOPI-CAJ
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CAJAMARCA
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : EL QUINDE SHOPPING PLAZA S.A.C.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0230-2010/INDECOPI-CAJ del 11 de
noviembre de 2010, en el extremo que halló responsable a El Quinde
Shopping Plaza S.A.C. por la comisión de un acto contrario al principio de
legalidad publicitario contenido en el artículo 17 del Decreto Legislativo 1044
Ley de Represión de la Competencia Desleal–, debido a que la publicidad a
través de la cual la imputada promocionó el sorteo de dos membresías para
el “Country Club de Cajamarca” no consignó el número de Resolución de
Autorización correspondiente que emite el órgano competente del Ministerio
del Interior, conforme lo exige el artículo 10 del Decreto Supremo 006-2000-IN
–Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales–.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 0230-2010/INDECOPI-CAJ del 11 de
noviembre de 2010, en el extremo que sancionó a El Quinde Shopping Plaza
S.A.C. con una multa ascendente a 1 (Una) Unidad Impositiva Tributaria,
puesto que la campaña publicitaria cuestionada ha tenido una amplia
difusión en diversos medios y la imputada no ha acreditado siquiera haber
obtenido la correspondiente resolución autoritativa.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 13 de junio de 2011
I. ANTECEDENTES
1. Por Resolución 1 del 30 de junio de 2010, y sobre la base del Informe 0040-
2010/INDECOPI-CAJ1, la Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Cajamarca (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra El Quinde Shopping Plaza S.A.C. (en lo
sucesivo, El Quinde) por una presunta infracción al principio de legalidad
1 Informe al cual se acompaña, entr e otros, l os siguientes doc umentos: (i) u n volante p ublicitario promocionando el
sorteo; (ii) d os recortes periodísticos d el diario “ Panorama Cajamarquino”, d el 22-23 de mayo y 4 de junio de 2010,
difundiendo los sort eos; y, (iii) carta remitida a la Secretaría Técnica de la Comisión por el repr esentante legal de El
Quinde, adjunt ando volantes, t ickets de canjes, afiches, copia de banner y cintillos de prensa que conform arían la
estrategia publicitaria de difusión del sorteo.

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