Sentencia nº 000997-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 12 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente021-2004/CCO-ODI-AQP-03-12
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0997-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 021-2004-03-12/CCO-ODI-AQP
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : TRANSPORTES 77 S.A. (TRANSPORTES 77)
DEUDOR : SOCOSANI S.A. (SOCOSANI)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS SUSTENTADOS EN FACTURAS
EXISTENCIA Y CUANTÍA DE LOS CRÉDITOS
Lima, 12 de setiembre de 2005
ANTECEDENTES
Por Resolución N° 058-2005-005/CCO-INDECOPI-AQP del 31 de enero de 2005,
la Comisión: (i) reconoció créditos a favor de Transportes 77 frente a Socosani
1
ascendentes a S/. 62 044,79 por capital y S/. 2 570,67 por intereses derivados de
quince (4) facturas emitidas por el transporte de bebidas gaseosas; (ii) denegó el
reconocimiento de los créditos ascendentes a S/. 21 205,02
2
por capital
derivados de las Facturas números 0109771, 0140035 y 0140036, toda vez que
dichos documentos no acreditaban la prestación de servicio alguno al no constar
que hayan sido recibidos por Socosani; y, (iii) denegó el reconocimiento de los
créditos ascendentes a S/. 534,13 por intereses derivados de las facturas
indicadas en el numeral anterior, señalando que no procedía su reconocimiento
por ser accesorio al capital no reconocido.
El 2 de marzo de 2005, Transportes 77 apeló la citada resolución alegando que:
(i) las Facturas números 0109771, 0140035 y 0140036 no fueron recibidas por
Socosani, debido a que los servicios de transporte que motivaron su emisión
fueron inicialmente facturados a seis distribuidores y a un proveedor de
Socosani, pero posteriormente dichas facturas tuvieron que ser anuladas al
comprobarse que el costo del flete había sido asumido exclusivamente por
Socosani, por lo que recién en ese momento se emitieron las facturas antes
mencionadas; y, (ii) correspondía reconocer intereses derivados de dichas
facturas, toda vez que Transportes 77 requirió a Socosani el pago de la Factura
1
Por Resolución N° 0217-2004/CCO-ODI-AQP del 31 de junio de 2004, la Comisión declaró la situación de concurso de
Socosani y el 19 de julio de 2004 se hizo pública dicha situación, convocándose a sus acreedores a efectos de que
soliciten el reconocimiento de sus créditos.
2
El detalle de dichos créditos es el siguiente:
Origen Capital S/. Intereses S/.
Factura Nº 0109771 16 254,62
419,23
Factura Nº 0140035 2 475,20
7,88
Factura Nº 0140036 2 475,20
7,88
Total 21 205,02
434,99

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