Sentencia nº 003749-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente289-2009/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3749-2012/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 289-2009/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI - AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTES : EDY PAREDES ALI
NANCY NÚÑEZ MELGAR SALAZAR
DENUNCIADA : A.S.A.S E.I.R.L
MATERIA : INMUEBLES
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS O DE
PARTES DE EDIFICIOS; OBRAS DE INGENIERÍA
CIVIL
SUMILLA: Declarar la nulidad parcial de la Resolución 11 y de la Resolución
219-2012/INDECOPI-AQP, emitidas por la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Arequipa, en el extremo que imputó y se pronunció por la
constitución de una servidumbre de paso sobre las áreas comunes del
complejo donde se encontraba el inmueble de los señores Edy Paredes Ali y
Nancy Núñez Melgar Salazar; y, ordenar a la primera instancia que impute
esta conducta a A.S.A.S E.I.R.L como presunta infracción del artículo 8º de la
Ley de Protección al Consumidor.
Confirmar la resolución venida en grado en el extremo que sancionó a
A.S.A.S E.I.R.L con una multa de 4 UIT por las fisuras presentadas en el
inmueble adquirido por los denunciantes.
SANCIÓN: 4 UIT
Lima, 27 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 19 de noviembre de 2009, la sociedad conyugal conformada por el señor
Edy Paredes Ali y la señora Nancy Núñez Melgar Salazar (en adelante, los
señores Paredes) denunció a Asas E.I.R.L (en adelante, Asas)1 ante la
Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur por infracción del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2.
1 Con RUC 20498616560 y con domicilio fiscal en Av. Ejércit o N º 710 Int. 1108, Edificio El Peral, Yanahuara,
Arequipa.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-PCM.

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