Sentencia nº 000839-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Abril de 2010

Fecha de Resolución28 de Abril de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente376-2008/CPC-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 0839-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 376-2008/CPC-IN DECOPI-LAL
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DENUNCIANTES : YNGRID MAGALI ORTECHO ROSALES
DENUNCIADOS : MGM CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.
CV CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.C.
MATERIA : COMPETENCIA DE LA COMISIÓN
IDONEIDAD DEL SERVICIO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS Y
PARTES DE EDIFICIOS COMPLETOS; OBRAS DE
INGENIERÍA CIVIL
SUMILLA: Se confirma la Resolución 695-2009/INDECOPI-LAL del 12 de junio
de 2009, emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La
Libertad, en el extremo que declaró fundada la denuncia interpuesta por la
señora Yngrid Magali Ortecho Rosales contra MGM Contratistas Generales
S.A.C. por infracción al deber de idoneidad contenido en el artículo 8º del
Decreto Legislativo 716, al haberse acreditado que no cumplió con entregar
la unidad inmobiliaria vendida a la señora Yngrid Magali Ortecho Rosales
dentro del plazo pactado en el contrato de compra venta, no cumplió con
entregar a la denunciante los títulos de propiedad del bien inmueble
adquirido y con levantar la hipoteca que pesa sobre el referido bien.
Asimismo, se confirma la Resolución 695-2009/INDECOPI-LAL en los
extremos que ordenó en calidad de medidas correctivas a MGM Contratistas
Generales S.A.C. que cumpla, en el plazo de 30 días hábiles de notificada la
resolución, con regularizar los trámites de independización del departamento
y con entregar a la denunciante el reglamento interno de propiedad
horizontal, la minuta y la escritura pública de compraventa, así como
efectuar las gestiones pertinentes para el levantamiento de la hipoteca que
pesa sobre el departamento y lo condenó al pago de las costas y costos del
procedimiento.
Finalmente, se revoca la Resolución 695-2009/INDECOPI-LAL en el extremo
referido a la graduación de la sanción y la sancionó con una multa de 8 UIT.
SANCIÓN: 8 UIT
Lima, 28 de abril de 2010

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