Sentencia nº 001033-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Abril de 2013

Fecha de Resolución25 de Abril de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente373-2010/CPC-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 1033-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 373-2010/CPC-INDE COPI-LAL
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ANGELA CASTILLO QUISQUICHE
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN FONDO REGIONAL CONTRA
ACCIDENTES DE TRÁNSITO NUEVO HORIZONTE
REGIÓN LA LIBERTAD
MATERIA : NULIDAD DE OFICIO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES OTRAS ASOCIACIONES NCP
SUMILLA: Se desestima el pedido presentado por la denunciada para que se
declare de oficio la nulidad de la Resolución 3597-2011/SC2-INDECOPI,
puesto que se ha verificado que dicho acto administrativo no incurrió en
ningún vicio que afecte el interés público o sus derechos fundamentales.
Lima, 25 de abril de 2013
ANTECEDENTES
1. El 27 de octubre de 2010, la señora Ángela Castillo Quisquiche (en adelante,
la señora Castillo) denunció a Asociación Fondo Regional contra Accidentes
de Tránsito Nuevo Horizonte Región La Libertad1 (en adelante, Afocat Nuevo
Horizonte) ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La
Libertad (en adelante, la Comisión) por infracción del Decreto Legislativo 716,
Ley de Protección al Consumidor.
2. La denunciante señaló que el 17 de febrero de 2009, su esposo sufrió un
accidente de tránsito causado por el vehículo de placa MCQ-36114 que
contaba con Certificado de Accidente de Tránsito (en adelante, CAT)
contratado con Afocat Nuevo Horizonte. Agregó que solicitó a la denunciada
el pago de la indemnización por la muerte; sin embargo, esta le comunicó
que no procedía su solicitud al no existir conexión entre el fallecimiento de su
esposo y el accidente de tránsito ocurrido.
3. Mediante Resolución 50-2011/INDECOPI-LAL del 16 febrero de 2011, la
Comisión declaró fundada la denuncia contra Afocat Nuevo Horizonte por
infracción del artículo de la Ley de Protección al Consumidor. En
consecuencia, ordenó a Afocat Nuevo Horizonte como medida correctiva,
que cumpla con pagar a la denunciante la indemnización solicitada, la
1 RUC: 20481552517. Domicilio: Av. España 520, Cercado, Trujillo, La Libertad.

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