Sentencia nº 000811-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente033-2010/CCO-INDECOPI-01-1698
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa d e la Competencia
RESOLUCIÓN 0811-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 033-2010/CCO-INDE COPI-01-1698
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : DOE RUN PERÚ S.R.L.
ACREEDOR : RUPERTO JOSÉ VALLE HERNÁNDEZ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
REMUNERACIONES Y OTROS
ACTIVIDAD : FUNDICIÓN DE METALES NO FERROSOS
SUMILLA: se dispone, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 91.3 de la
Ley General del Sistema Concursal, EXCLUIR del procedimiento concursal
de Doe Run Perú S.R.L. los créditos reconocidos a favor del señor Ruperto
José Valle Hernández, ascendentes a S/. 1 649,11 por capital, derivados de
los reintegros por aumentos, así como de las remuneraciones y CTS
devengados con posterioridad al 16 de agosto de 2010, fecha en la que se
publicó el inicio de concurso de la empresa deudora. La razón es que Doe
Run Perú S.R.L ha pasado de una liquidación en marcha a un proceso de
reestructuración.
En consecuencia, se declara que CARECE DE OBJETO pronunciarse
respecto de la apelación interpuesta por Right Business S.A. entidad
administradora de Doe Run Perú S.R.L. contra el extremo de la Resolución
6526-2012/CCO-INDECOPI del 17 de octubre de 2012, citado en el párrafo
precedente.
De otro lado, se tiene por DESISTIDA a Doe Run Perú S.R.L. de su recurso de
apelación interpuesto contra el extremo de la Resolución 6526-2012/CCO-
INDECOPI que reconoció créditos a favor del señor Ruperto José Valle
Hernández frente a Doe Run Perú S.R.L. ascendentes a S/. 11 722,11 por
capital, derivados del reintegro de remuneraciones devengadas desde el 27
de julio de 2009 hasta el 8 de agosto de 2010. Por lo tanto, se declara que
dicha resolución ha quedado firme en sede administrativa, respecto a al
referido extremo.
Lima, 16 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. En el procedimiento de reconocimiento de créditos de origen laboral seguido
por el señor Ruperto José Valle Hernández (en adelante, el trabajador) frente
a Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación1 (en adelante, Doe Run), la Comisión
de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) resolvió
1 El 16 de agosto de 2010, la Comi sión publicó en el diario oficial “El Peruano” la situación d e concurso de Doe Run.

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