Sentencia nº 001216-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Julio de 2009
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 061-2007/CPC-INDECOPI-LOR |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1216-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 061-2007/CPC-INDECOPI-LOR)
(Expediente 005-2008/LCC-INDECOPI-LOR)
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
DENUNCIANTE : MARIO MURRIETA SAAVEDRA
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROCESAL
COSTOS
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: Se revoca la Resolución 3 del 16 de junio de 2008, emitida por la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Loreto, que declaró
improcedente la solicitud del pago de costos interpuesta por el señor Mario
Murrieta Saavedra y, en consecuencia, se declara fundada dicha solicitud, al
haber quedado acreditada la prestación de los servicios de asesoría legal
invocados por el denunciante. Asimismo, se ordena a Banco Continental que
efectúe el pago de S/. 2 500,00 por concepto de costos, en un plazo no mayor a
cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la
presente resolución.
Lima, 15 de julio de 2009
ANTECEDENTES
1. El 2 de julio de 2007, el señor Mario Murrieta Saavedra (en adelante, el señor
Murrieta) denunció a Banco Continental (en adelante, el Banco) por infracción
del Decreto Legislativo 716 -Ley de Protección al Consumidor. El denunciante
señaló que el Banco se habría negado a brindarle información respecto al detalle
de los depósitos en su cuenta CTS efectuados por su empleador, Enapu Perú
S.A.
2. Mediante Resolución 181-2007/INDECOPI-LOR del 28 de setiembre de 2007, la
Comisión de Protección al Consumidor (en adelante, la Comisión), declaró
fundada la denuncia contra el Banco por infracción del artículo 5º literal d) del
ordenó pagar al señor Murrieta la suma de S/. 34,00 por concepto de costas del
procedimiento, sin perjuicio del derecho del denunciante a solicitar la liquidación
de costos correspondiente.
3. El 31 de marzo de 2008, el señor Murrieta solicitó ante la Comisión el pago de
costos por S/. 2 500,00 correspondientes a los servicios de asesoría legal
incurridos durante el procedimiento, para lo cual presentó la siguiente
documentación: (i) copia del contrato de locación de servicios profesionales
suscrito con el señor Murrieta; y, (ii) copia del recibo por honorarios
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