Sentencia nº 001380-2003/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 5 de Diciembre de 2003

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2003
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente239-2000/OIN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1380-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 239-2000/OIN
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SOLICITANTE : SEPRADYNE CORPORATION
Solicitud de patente de invención - Unidad de invención - Novedad
Lima, cinco de diciembre de dos mil tres
I ANTECEDENTES.
Con fecha 20 de marzo del 2000, SepraDyne Corporation (Estados Unidos de
América) - reivindicando prioridad extranjera en base a las solicitudes N° 09/272, 674
presentada el 19 de marzo de 1999 y 09/521,451 presentada el 7 de marzo del 2000
en los Estados Unidos de América- solicitó patente de invención para APARATO DE
RETORTA GIRATORIA CONTINUA AL VACIO Y MÉTODO PARA SU USO, cuyos
inventores son Randy A. Aulbaugh y Gregory G. Hawk.
Mediante proveídos de fecha 27 de marzo del 2000, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías requirió a la solicitante que cumpla con:
Efectuar el pago por cada reivindicación de prioridad extranjera en un plazo de 3
meses, contado a partir de la fecha de presentación de la solicitud, bajo
apercibimiento de perder el derecho de prioridad.
Presentar la solicitud extranjera, dentro del plazo de 3 meses contado desde la fecha
de presentación de la solicitud, bajo apercibimiento de perder el derecho de
prioridad.
Presentar el poder (copia legalizada) y el documento de cesión (copia legalizada)
dentro del término de 30 días, bajo apercibimiento de declararse la solicitud en
abandono.
Con fecha 30 de marzo del 2000, SepraDyne Corporation presentó el recibo de pago
por concepto de reivindicación de prioridad extranjera. Solicitó se le conceda una
prórroga a efectos de presentar la copia legalizada del poder y el documento de
cesión. Mediante proveído de fecha 31 de marzo del 2000, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías tuvo por cumplido en parte el mandato de fecha 27 de marzo del
2000, respecto a la presentación del pago por concepto de reivindicación de prioridad
y concedió la prórroga solicitada para la presentación del documento de poder y de
cesión, bajo apercibimiento de declararse la solicitud en abandono.
Con fecha 14 de junio del 2000, SepraDyne Corporation presentó copias certificadas
de las solicitudes de patente norteamericanas Nº 09/272,674 y 09/521,451. Mediante
proveído de fecha 15 de junio del 2000, la Oficina de Invenciones y Nuevas
Tecnologías tuvo por cumplido en parte el mandato, respecto a la presentación de las
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RESOLUCIÓN N° 1380-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 239-2000/OIN
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solicitudes extranjeras. Precisó a la solicitante que falta realizar el pago por una
reivindicación de prioridad extranjera, y que el plazo vence el 20 de junio del 2000.
Con fecha 22 de junio del 2000, SepraDyne Corporation presentó el comprobante de
pago por concepto de reivindicación de prioridad extranjera. Asimismo, solicitó una
prórroga extraordinaria de 3 meses para cumplir con presentar los documentos de
poder y cesión debidamente legalizados.
Con fecha 26 de junio del 2000, SepraDyne Corporation presentó copia fotostática del
poder y del documento de cesión. Mediante proveído de fecha 28 de junio del 2000, la
Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías tuvo por cumplido el mandato de fecha
27 de marzo del 2000, respecto a la presentación de los documentos de poder y
cesión.
Mediante proveído de fecha 27 de junio del 2000, la Oficina de Invenciones y Nuevas
Tecnologías, señaló lo siguiente:
Visto el expediente y habiéndose verificado que la solicitud extranjera Nº 09/521,451
de fecha 7 de marzo del 2000, señala que es una continuación en parte de la
solicitud de patente americana Nº 09/272,674 de fecha 19 de marzo de 1999 que
reclama prioridad para la solicitud de patente provisional Nº 60/078,554 de fecha
19 de marzo de 1998, requirió a la solicitante que cumpla con aclarar la validez de
las reivindicaciones de prioridad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 del
Respecto al escrito de fecha 22 de junio del 2000, y habiéndose verificado que el
plazo máximo para efectuar el pago por concepto de reivindicación de prioridad
venció el 20 de junio del 2000, consideró que en el presente expediente sólo se
podría reivindicar una de las dos solicitudes extranjeras señaladas en el formato
(esto estará supeditado al cumplimiento de lo solicitado en el párrafo anterior) en
mérito al pago realizado con fecha 20 de marzo del 2000, en consecuencia,
requirió a la solicitante que cumpla con señalar cuál de las solicitudes se tomará en
cuenta, y con especificar el expediente al cual deberá imputarse el pago realizado
con fecha 22 de junio del 2000.
Mediante proveído de fecha 5 de julio del 2000, visto en la fecha el expediente y
habiéndose verificado que al momento de ingresar la solicitud, la solicitante realizó el
pago correspondiente a una reivindicación de prioridad extranjera, y que con fecha 30
de marzo del 2000, es decir, dentro del plazo fijado por ley, se realizó el pago por la
segunda reivindicación de prioridad; la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías
dejó sin efecto los párrafos finales de los proveídos de fecha 15 de junio del 2000 y 27
de junio del 2000, manteniéndose vigente el resto de los proveídos en mención, y en

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