Sentencia nº 000851-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Abril de 2010

Fecha de Resolución29 de Abril de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente342-2008/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0851 -2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0342-2008/CPC-I NDECOPI-AQP
EXPEDIENTE 0350-2008/CPC-I NDECOPI-AQP
(ACUMULADO)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
DENUNCIADAS : COMEXA COMERCIALIZADORA EXTRANJERA S.A.
SUCURSAL DEL PERÚ
ESTILOS S.R.L.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
ROTULADO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES N.C.
SUMILLA: Se revoca la Resolución 276-2009/INDECOPI-AQP del 11 de junio
de 2009 emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Arequipa en el extremo que consideró y sancionó los hechos imputados a
Comexa Comercializadora Extranjera S.A. Sucursal del Perú como un
supuesto de infracción de los artículos 5º literal b), 15º y 16º del Decreto
Legislativo 716; y reformándola, se considera a la conducta imputada como
un supuesto de infracción exclusivamente del artículo del Decreto
Legislativo 716, toda vez que esta norma contiene los supuestos específicos
para analizar integralmente la conducta infractora materia del procedimiento.
Asimismo, se confirma la Resolución 276-2009/INDECOPI-AQP en el extremo
que halló responsable a Comexa Comercializadora Extranjera S.A. Sucursal
del Perú por infracción al artículo 7º de la Ley de Protección al Consumidor,
al haber quedado acreditado que los productos que importa no cuentan con
el rotulado correspondiente.
Se modifica la medida correctiva impuesta ordenándose a la denunciada que
cumpla con rotular los productos que importe y distribuya para su posterior
comercialización y se revoca la sanción de multa fijándose la misma en 4
UIT.
SANCIÓN: COMEXA COMERCIALIZADORA EXTRANJERA S.A.
SUCURSAL DEL PERÚ - 4 UIT
Lima, 29 de abril de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 30 de diciembre de 2008 expedida en los
expedientes 342-2008/CPC-INDECOPI-AQP y 350-2008/CPC-INDECOPI-
AQP, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en
adelante, la Comisión) inició un procedimiento de oficio1 contra Estilos S.R.L2.
1 Mediante Resoluc ión 3 de fecha 27 de febrero de 2009 expedid a en ambos expedientes, se resolvió acumular el
Expediente Nº 350-2008/CPC-INDE COPI-AQP en el Expediente Nº 342-2009/CPC-I NDECOPI-AQP.

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