Sentencia nº 002183-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente010-2009/CPC-INDECOPI-SAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2183-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 010-2009/CPC-INDE COPI-SAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
SAN MARTÍN
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : EXPRESO SOL PERÚ S.R.L.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
TRANSPORTE TERRESTRE
MEDIDAS DE SEGURIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR DE
PASAJEROS POR VÍA TERRESTRE
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado en el extremo que
halló responsable a Expreso Sol Perú S.R.L. por no adoptar las medidas de
seguridad mínimas establecidas por el Reglamento Nacional de
Administración de Transportes.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 27 de setiembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 2622-2009/INDECOPI-LAM del 30 de junio de 2009, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque1 inició de oficio
un procedimiento contra Expreso Sol Perú S.R.L.2 (en adelante, Sol Perú),
por presunta infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor, debido a que durante la diligencia de inspección
realizada el 8 de abril de 2009 en el local de Sol Perú, se constató lo
siguiente:
(i) no se emplearon detectores de metal para la revisión de pasajeros y/o
equipajes de mano;
(ii) no se revisó manualmente el equipaje de mano de los pasajeros;
(iii) no se solicitó la exhibición del Documento Nacional de Identidad (en
adelante, DNI) u otro documento que acredite la identidad de los
pasajeros; y,
(iv) no se realizó la filmación de los pasajeros y/o su equipaje de mano.
1 La Oficina Region al del Indecopi de San Martín cumplía u na función de apoyo a la Comisión de la Oficina Regional
del Indecopi de Lambayeque. Posteriormente, por Resolución de la Presidenci a del Consejo Directivo del INDECOPI
168-2009-INDECOPI/COD pub licada en el diario oficial El Peruano el 13 de diciem bre de 2009, el Consejo Dir ectivo
aprobó la desc oncentración de las funciones en materi a de protección al c onsumidor; a fin de q ue la Comisión
adscrita a la Oficin a Regional del INDECOPI d e San Martín pueda conocer y resolver los procedimientos vinculados
a dicha desconcentración funcion al.
2 RUC 20481452130. Domicilio Jr. Salaverry 420 Sección J erusalén, La Esperanza, La Libertad, Trujillo.

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