Sentencia nº 001228-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente188-2006/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1228-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 188-2006/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : GUSTAVO ADOLFO ÁLVAREZ AMADOR CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 266-2011/CCO-INDECOPI del 17 de
enero de 2011, que dejó sin efecto la designación de Soluciones Concursales
& Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora del patrimonio de Gustavo
Adolfo Álvarez Amador por no haber constituido una carta fianza a favor del
Indecopi dentro del plazo otorgado para tal efecto y, en consecuencia,
declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario de dicho
deudor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley General del
Sistema Concursal; y dispuso la remisión de los actuados Tercer Juzgado de
Paz Letrado de Surco y San Borja a fin de que declare la quiebra de la
empresa deudora al haberse iniciado el concurso de conformidad con lo
establecido en el artículo 703 del Código Procesal Civil.
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 266-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 29 de mayo de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 6 del 6 de diciembre de 2005, el Tercer Juzgado de Paz
Letrado de Surco y San Borja declaró la disolución y liquidación del
patrimonio de Gustavo Adolfo Álvarez Amador (en adelante, señor Álvarez).
Por Oficio 13039-04-3er.JPL-SSB-IBBV del 11 de mayo de 2006, el referido
juzgado remitió a la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en
adelante, la Comisión) copias certificadas del Expediente Judicial 13039-04
correspondiente a la demanda de obligación de dar suma de dinero seguida
por Banco Internacional del Perú S.A. frente al señor Álvarez, a fin de que
proceda conforme a sus atribuciones.

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