Sentencia nº 000423-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0017-2012/IAC-SAC/PS0-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0423-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 0017-2012-IAC- SAC/PS0-INDECOPI-CUS
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : ELIZABETH TEVES ALARCÓN
DENUNCIADA : DECO STORE GMV E.I.R.L.
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA AL POR MENOR
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión planteado contra
la Resolución 572-2012-INDECOPI-CUS en los extremos referidos a: (i) la
evaluación de las circunstancias del caso y de los medios probatorios, pues
el recurrente no sustentó la existencia de errores de derecho, limitándose a
cuestionar los elementos de hecho en dicho acto administrativo; (ii) el pago
de costas y costos, toda vez que los cuestionamientos del recurrente en este
extremo están orientados a que se evalúe el cumplimiento del acuerdo
conciliatorio; (iii) la notificación de la audiencia de cumplimiento, debido a
que dicho cuestionamiento no constituye un error de derecho; y, (iv) la
sanción impuesta, debido a que no corresponde que a través del presente
recurso pueda graduarse la multa impuesta al recurrente.
Lima, 20 de febrero de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 572-2012-INDECOPI-CUS del 11 de diciembre de
2012, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante,
la Comisión) confirmó el pronunciamiento emitido por el Órgano Resolutivo
de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la referida
oficina (en adelante, el ORPS) que declaró fundada la denuncia por
incumplimiento de acuerdo conciliatorio presentada por la señora Elizabeth
Teves Alarcón (en adelante, la señora Teves) contra Deco Store GMV
E.I.R.L. (en adelante, Deco Store), debido a que el denunciado no cumplió
con el acuerdo celebrado entre las partes el 6 de agosto de 2012.
2. El 27 de diciembre de 2012, Deco Store interpuso recurso de revisión contra
la Resolución 572-2012-INDECOPI-CUS señalando que:
(i) Tal y como lo indicó en su recurso de apelación y lo demostró mediante
documentos que no han sido valorados correctamente, sí cumplió con el
acuerdo conciliatorio celebrado con la señora Teves, pues el mueble
siempre se encontró en su establecimiento para que sea recogido por
ella, habiendo realizado todas las gestiones necesarias a fin de que el
mismo le sea entregado;

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