Sentencia nº 000432-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente428-2013/SPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 432-2013/SP C-INDECOPI
EXPEDIENTE 428-2013/SPC
M-SPC-13/1B
PROCEDIMIENTO : QUEJA
QUEJADA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PUNO
QUEJOSO : BANCO AZTECA DEL PERÚ S.A.
MATERIA : QUEJA
SUMILLA: Se declara fundado el reclamo en queja interpuesto contra la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Puno, toda vez que dicho
Órgano Resolutivo denegó el recurso de apelación presentado por Banco
Azteca del Perú S.A. contra la Resolución 164-2012/CPC-INDECOPI-PUN,
pese a que cumplía con todos los requisitos establecidos en las normas.
Lima, 20 de febrero de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 164-2012/CPC-INDECOPI-PUN del 3 de diciembre de
2012, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Puno (en adelante,
la Comisión) declaró fundada la denuncia1 presentada por la señora Aurora
Yanqui Torres (en adelante, la señora Torres) contra Banco Azteca del Perú
S.A.2 (en adelante, el Banco), al haber quedado acreditado que dicha entidad
financiera la reportó negativamente ante las Centrales de Riesgo, pese a no
mantener deuda pendiente de pago a favor del Banco. Asimismo, ordenó al
Banco, en calidad de medida correctiva, que cumpliera con rectificar la
calificación negativa de la denunciante ante las Centrales de Riesgo
Privadas. Finalmente, lo sancionó con una multa de 40 UIT y lo condenó al
pago de las costas y costos del procedimiento. El referido acto administrativo
fue notificado al Banco el 7 de diciembre de 2012.
2. El 14 de diciembre de 2012, el Banco remitió a la Secretaría Técnica de la
Comisión un correo electrónico, en el cual señaló que adjuntaba el archivo
digital de su recurso de apelación contra la Resolución 164-2012/CPC-
INDECOPI-PUN. El 19 de diciembre de 2012, dentro del plazo de 3 días
hábiles, el Banco presentó, físicamente, por Mesa de Partes del Indecopi, el
mencionado escrito de apelación; sin embargo, el quejoso omitió adjuntar los
anexos señalados en dicho recurso3.
1 A dicha denuncia se le asignó el número de Expediente 114-2012/CPC-INDECOPI-P UN.
2 Con RUC: 20517476 405 y con domicilio fiscal ubicado en: C alle B, Mza. D, Lote 4B Z.I., Urb. Ind. Bocanegra (Frente
Aeropuerto Jorge Chávez), Provinci a Constitucional del Callao.
3 Los anexos señalados por el B anco en su recurso de apelación fueron los siguient es:
(i) Impresión de pantalla de la Central de Riesgos de la SBS;
(ii) reporte Crediticio de la Centr al de Riesgos XChange;
(iii) detalle de Movimiento;

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