Sentencia nº 002988-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente47-2010/ILN-CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2988-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 047-2010/ILN-CP C
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA NORTE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : SUSANT SARAHYT SOTO SALAZAR
DENUNCIADO : INSTITUTO DE BELLEZA ENA SALÓN Y SPA S.A.C.
MATERIA : SERVICIOS MÉDICOS
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : PELUQUERÍA Y OTROS
SUMILLA: Se declara la nulidad parcial de la Resolución 1 en el extremo que
tipificó la conducta consistente en la exposición a riesgos injustificados a la
denunciante como una infracción del artículo de la Ley de Protección al
Consumidor, así como la nulidad parcial de la resolución venida en grado en
el extremo que se pronunció sobre dicha imputación.
Así, en vía de integración se confirma la resolución venida en grado que
declaró fundada la denuncia, al haber quedado acreditado que el denunciado
indujo a la denunciante a adquirir productos farmacéuticos sin contar con
receta médica.
Lima, 7 de noviembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 18 de noviembre de 2009, la señora Susant Sarahyt Soto Salazar (en
adelante, la señora Soto) denunció a Instituto de Belleza Ena Salón y Spa
S.A.C.1 (en adelante, el Instituto Ena) ante la Comisión de Protección al
Consumidor – Sede Lima Sur2 (en adelante, la Comisión) por infringir los
artículos y del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor, en virtud a los hechos descritos a continuación:
(i) A inicios del mes de julio de 2009, se hizo un implante de caderas y
glúteos en el Instituto Ena, siendo que canceló S/. 4 000,00. Luego de
un mes y medio, continuaba sintiendo dolores que no le permitían
sentarse ni caminar;
(ii) el líquido que le inyectaron se derramó y encapsuló en la parte delantera
de su muslo derecho, convirtiéndose en fibrosis, motivo por el cual el
denunciado retiraba el mismo a través de inyectables y la trataba en el
1 RUC 20515428519. Domicilio fiscal: C alle Los Rosales 112, Urbanización Cuarta Etap a Javier Prado, Distrito de San
Luis, Provincia y Departamento de Lim a.
2 El expediente fue transferido a la Comisión d e P rotección al Consumidor – Sede Lima Norte en merito a la
Resolución 796-2010/CPC.

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