Sentencia nº 003413-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente260-2011/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3413-2012/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 260-2011/CPC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : CARMEN AMPUERO ROSALES
DENUNCIADO : ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE OFICIALES DE LA
POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
INMUEBLES
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS O DE
PARTES DE EDIFICIOS
OBRAS DE INGENIERÍA CIVIL
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia por infracción del artículo 19º del Código de Protección y Defensa
del Consumidor, al haber quedado acreditado que la denunciada: (i)
incumplió con la entrega de documentos que acrediten la inscripción
registral de la propiedad del departamento vendido; (b) incumplió con
subsanar los defectos en el ascensor, la bomba de agua y cableado eléctrico
de la Residencial Jorge Basadre; y, (c) utilizó un área común de la
Residencial como caseta de ventas.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 21 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 23 de febrero de 2011, complementado el 1 de abril del
2011, la señora Carmen Ampuero Rosales1 (en adelante, la señora
Ampuero), denunció a la Asociación Mutualista de Oficiales de la Policía
Nacional del Perú2 (en adelante, la Asociación) por presunta infracción de la
Código). En su denuncia señaló que:
(i) El 26 de octubre de 2010, celebró un contrato de compraventa con la
denunciada con el objeto de adquirir el departamento 402, Torre II, del
Edificio Multifamiliar Jorge Basadre, ubicado en Jr. Huaraz 1644, Breña,
por la suma de S/. 141 420,00;
(ii) en la cláusula octava del contrato se estableció que la Asociación
efectuaría la inscripción registral y entrega de la declaratoria de fábrica,
1 Debidamente representada por la señora Carmen Cecilia Estrella Ampuero.
2 RUC 20171030839. Domicil io fiscal: Av. Jorge Chavez 180, Miraflores, Lim a.

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