Sentencia nº 003404-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0068-2011/CPC-INDECOPI-ANC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3404-2012/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 0068-2011/CPC-I NDECOPI-ANC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : UNIVERSIDAD PRIVADA SAN PEDRO
MATERIA : IDONEIDAD
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA SUPERIOR
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia por infracción del artículo 19º del Código de
Protección y Defensa del Consumidor, al haber quedado acreditado que la
Universidad Privada San Pedro no permitió el ingreso a sus instalaciones de
aquellos estudiantes que adeudaban las pensiones de enseñanza.
SANCIÓN: 6 UIT
Lima, 21 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 2 de noviembre de 2011, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra Universidad Privada San Pedro1 (en adelante,
la Universidad), por presunta infracción de la Ley 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código) puesto que, a
raíz de la diligencia de inspección realizada el 24 de mayo de 2011 en las
instalaciones de su Sede Huaraz2 y de la denuncia anónima de fecha 23 de
agosto de 2011, se constató que la Universidad no permitía el ingreso a sus
instalaciones de aquellos estudiantes que adeudaban las pensiones de
enseñanza.
2. Considerando que la Universidad no presentó descargos en su oportunidad,
fue declarada rebelde.
3. Mediante Resolución 0570-2012/INDECOPI-LAL del 2 de mayo de 2012, la
Comisión halló responsable a la Universidad por infracción del artículo 19º del
Código, al haber quedado acreditado que no permitió el ingreso a clases de
aquellos estudiantes que adeudaban las pensiones de enseñanza. Por ello, la
sancionó con una multa de 6 UIT y le ordenó, en calidad de medida correctiva
1 RUC: 20147265272. Domicilio: Calle Simon Bolivar 648 Casco Urbano Ancash, Huaraz, Huaraz; de acuerdo con la
información obtenida en http://www.sunat.gob.pe..
2 Ubicado en Jr. Francisc o Araoz 206 – Independiencia, provincia de Huaraz.

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