Sentencia nº 000282-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 31 de Enero de 2012

Fecha de Resolución31 de Enero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente140-2011/PS-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de l a Competencia N°2
RESOLUCIÓN 0282-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 140-2011/PS-INDE COPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE REVISIÓN
DENUNCIANTE : MARCO ANTONIO LEJABO CHIRA
DENUNCIADA : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
PIURA S.A.C. – CMAC PIURA
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de revisión, referido a la
interpretación errónea del artículo 140º de la Ley 26702, Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, al haberse verificado que la
interpretación efectuada por la segunda instancia resulta pertinente.
Lima, 31 de enero de 2012
ANTECEDENTES
1. El 9 de junio del 2011, el señor Marco Antonio Lejabo Chira (en adelante, el
señor Lejabo) denunció ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, el
ORPS) a Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. – CMAC Piura
(en adelante, CMAC Piura)1 por infracción de los artículos 18º y 19º de la Ley
29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código), en la vía del procedimiento sumarísimo. Señaló que la CMAC Piura
había autorizado el retiro de la suma de S/. 550,00 de su cuenta de ahorros,
sin su consentimiento y pese a que su tarjeta y clave se encontraban en su
poder.
2. Por carta del 21 de junio del 2011, el ORPS requirió a la denunciada que:
“a) Presente un listado de las cuentas que el señor Marco Antonio Lejabo
Chira haya aperturado con CMAC Piura S.A.C., indicando la fecha en la
que contrató cada servicio y los números que identifiquen las tarjetas
emitidas.
b) Presente el reporte detallado de las operaciones efectuadas en la
Cuneta de Ahorros Nº 2010-01-3797118 del señor Marco Antonio Lejabo
Chira el día 2 de mayo de 2011.
c) En caso verifique la existencia de retiros efectuados de la Cuenta de
Ahorros Nº 2010-01-3797118 del señor Marco Antonio Lejabo Chira el 2 de
1 RUC 20113604248 y domicilio fiscal en Jr. Ayacucho 353, Cent ro Cívico d e la c iudad de Piura, conforme lo
declarado ante la Sunat (www.sunat.gob.pe).

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