Sentencia nº 002661-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 3 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente110-2010/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L ACOMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2661-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0110-2010/CPC-I NDECOPI-CUS
EXPEDIENTE 0111-2010/CPC-I NDECOPI-CUS
(ACUMULADOS)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : FRIDA PEÑA WARTHON VIUDA DE ZEGARRA
DENUNCIADAS : LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS
SUB COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE FONDO DE
ASISTENCIA Y ESTÍMULO DE LA DIRECCIÓN
REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL CUSCO SUB
CAFAE CUSCO
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SEGUROS EN GENERAL
ACTIVIDAD : PLANES DE SEGUROS DE VIDA
SUMILLA: Se confirma, modificando sus fundamentos, la resolución venida
en grado en el extremo que declaró fundada la denuncia por infracción del
artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor, debido a que La Positiva
Vida Seguros y Reaseguros no ha demostrado que el cónyuge de la
denunciante haya incurrido en un supuesto de exclusión, previsto en las
condiciones del seguro de desgravamen, que justifique la negativa de hacer
efectiva la cobertura.
De otro lado, se revoca la referida resolución en el extremo que declaró
fundada la denuncia por infracción de los artículos 5º literal b) y 15º de la Ley
de Protección al Consumidor y, en consecuencia, se declara infundada dicha
denuncia, puesto que La Positiva Vida Seguros y Reaseguros no se
encontraba obligada a informar a la denunciante respecto a la negativa de
cobertura del seguro de desgravamen.
SANCIÓN: 9 UIT
Lima, 3 de octubre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 12 de julio de 2010, la señora Frida Peña Warthon Viuda de Zegarra (en
adelante, la señora Peña) denunció ante la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Cusco (en adelante, a la Comisión) a La Positiva Vida Seguros y
Reaseguros (en adelante, La Positiva)1 y a Sub Comité de Administración de
Fondo de Asistencia y Estímulo de la Dirección Regional de Educación del
Cusco – Sub Cafae Cusco2 (en adelante, Sub Cafae Cusco), por infracción de
1 Con RUC 20454073143 con d omicilio fiscal en Calle San Francisco 301, Arequipa.
2 Con RUC 20200541317 y con d omicilio fiscal en la Av. Infancia 407, Cusco.

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