Sentencia nº 000543-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 15 de Agosto de 2001

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente046-1999/01-33/CSM-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0543-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 046-1999-01-33/CSM-ODI-CCPL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE
LIMA (LA COMISION)
ACREEDOR : ONIAS CABANILLAS QUISPE Y OTROS (LOS
TRABAJADORES)
DEUDOR : COMPAÑIA EMBOTELLADORA DEL PACIFICO S.A. EN
LIQUIDACION (CEPSA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
CREDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y
TABACO
SUMILLA: en el procedimiento sobre reconocimiento de créditos seguido
por los trabajadores frente a Compañía Embotelladora del Pacífico S.A. en
Liquidación - CEPSA, se ha resuelto revocar la Resolución N° 0872-
2001/CRP-ODI-CCPL emitida el 31 de enero de 2001 que reconoció los
créditos de origen laboral a favor de veintinueve de dichos trabajadores
ascendentes en conjunto a S/. 226 945,17 por capital en el primer orden de
preferencia, declarándose que les corresponde el quinto orden.
El privilegio laboral de los créditos reconocidos sólo es oponible frente al
empleador con el cual se originaron los mismos, de modo que no puede ser
opuesto a una persona distinta, por lo que se debe considerar que los
créditos que los veintinueve trabajadores mantienen frente a Compañía
Embotelladora del Pacífico S.A. en Liquidación – CEPSA se encuentran en el
quinto orden. Lo anterior, sin perjuicio de que el trabajador conserva el
derecho a exigir el pago al empleador frente al cual se originaron tales
créditos, contando con el privilegio laboral para tales efectos.
Lima, 15 de agosto de 2001
I ANTECEDENTES
El 22 de junio de 1999, el señor Onías Cabanillas Quispe y otros treinta y un
socios trabajadores de Cooperativa de Trabajo y Fomento del Empleo Las
Magnolias Limitada – en adelante, Las Magnolias - invocaron el reconocimiento de
los créditos de origen laboral frente a CEPSA
1
ascendentes, en conjunto, a
S/. 238 300,39 por capital.
1
Por Resolución N° 0696-1999/CSM-ODI-CCPL del 12 de m ayo de 1999 se declaró la insolvencia de CEPSA. En reunión
de junta de acreedores del 19 de noviembre de 1999 se acordó la disolución y liquidación de la empresa deudora, bajo el
régimen establecido en los artículos 60 y s iguientes de la Ley de Reestructuración Patrimonial, suscribiéndose el
Convenio de Liquidación respectivo el 22 de febrero de 2000.

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