Sentencia nº 003286-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente107-2011/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 3286-2012/SDC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 107-2011/CCO-INDEC OPI
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES LIMA
SUR
DEUDOR : SUCESIÓN INTESTADA DEL SEÑOR DAVID BARRUETA
TORRES CON PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : SUCESIÓN INTESTADA DEL SEÑOR NICOLÁS
BARRUETA TRUJILLO
SOLICITANTE : HUGO NICOLÁS BARRUETA TORRES
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
REPRESENTACIÓN
CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES
ACTIVIDAD : INFORMACIÓN NO DISPONIBLE
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 3549-2012/CCO-INDECOPI del 21 de
mayo de 2012, que declaró improcedente el pedido formulado por el señor
Hugo Nicolás Barrueta Torres y, reformándola, se DISPONE que la Comisión
de Procedimientos Concursales Lima Sur otorgue al referido señor fechas de
convocatoria a junta de acreedores del deudor. Ello, toda vez que el
solicitante está facultado para realizar dicho pedido en representación de la
sucesión intestada del señor Nicolás Barrueta Trujillo, acreedor reconocido
del concursado.
Lima, 11 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 57 del 3 de mayo de 2010, el Trigésimo Noveno Juzgado
Especializado en lo Civil de Lima declaró la disolución y liquidación del
patrimonio del señor David Barrueta Torres, en aplicación del artículo 692-A
del Código Procesal Civil. Por Oficio 20683-1997/39-JCL/CSJLI del 8 de abril
de 2011, el referido juzgado remitió a la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) copias certificadas del
Expediente Judicial 20683-1997, correspondiente a la demanda de obligación
de dar suma de dinero seguido por la sucesión intestada del señor Nicolás
Barrueta Trujillo (en adelante, la sucesión intestada del señor Barrueta Trujillo)
frente al señor David Barrueta Torres, a fin de que proceda conforme a sus
atribuciones.
2. Por Resolución 3539-2011/CCO-INDECOPI del 3 de mayo de 2011, la
Comisión dispuso la publicación de la disolución y liquidación del patrimonio
del señor David Barrueta Torres1. Asimismo, el 16 de enero de 2012, la
1 Mediante Resolución 2551-2012/CCO-INDECOPI del 16 de abril de 2012, la Com isión tuv o por sustituido en el
procedimiento al señor David B arrueta Torres por su sucesión intestada conformada por los s eñores Emilia Rebeca
Vicente Meza de Barrueta, Cecilia Patricia Barr ueta Vicente, Nicolás Davi d Barrueta Vicente, Karen Lissette Barrueta
Vicente, Jacqueline Carm en Barrueta Vicente y Ruth Karina Barrueta Vic ente al haber fallecido el deudor concursado,
en aplicación de lo dispuesto por el artículo 108 del Código Procesal Civil.

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