Sentencia nº 001066-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente132-2010/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1066-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 132-2010/CCO-SAN CIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : ELECTRO ATLANTIC S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
DENUNCIADO : DAVID ORLANDO ALVARADO ZEGARRA
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
INCUMPLIMIENTO DE ENTREGA DE BIENES DEL
DEUDOR
MULTA
ACTIVIDAD : VENTA MINORISTA DE EQUIPOS DE USO
DOMÉSTICO
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 7853-2010/CCO-INDECOPI del 2 de
noviembre de 2010, que sancionó al señor David Orlando Alvarado Zegarra
con una multa ascendente a 5 (cinco) Unidades Impositivas Tributarias por
infracción a lo dispuesto en el literal a) del artículo 125.1 de la Ley General del
Sistema Concursal, al haberse acreditado que incumplió con hacer entrega de
la totalidad del acervo documentario y los bienes de Electro Atlantic S.A.C. en
Liquidación.
Lima, 23 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. En sesión del 22 de febrero de 2006, continuada el 27 de febrero de ese
mismo año, la junta de acreedores de Electro Atlantic S.A.C. (en adelante,
Electro Atlantic)1 acordó la disolución y liquidación de dicha empresa, designó
a Alta Sierra Asesores y Consultores S.A.C. (en adelante, la entidad
liquidadora) como entidad liquidadora y aprobó el convenio de liquidación.
2. Por escritos del 9 de marzo de 2009 y el 19 de agosto de 2010, la entidad
liquidadora solicitó a la Comisión el inicio de un procedimiento sancionador
contra el señor David Orlando Alvarado Zegarra, en su calidad de ex-gerente
general de Electro Atlantic (en adelante, el señor Alvarado) por no haberle
hecho entrega del acervo documentario ni de los bienes de la concursada,
pese a haberle requerido la entrega de los mismos.
3. Por Requerimiento 4227-2010/CCO-INDECOPI del 16 de junio de 2010, la
Secretaría Técnica de la Comisión puso en conocimiento del señor Alvarado el
escrito presentado por la entidad liquidadora a efectos de que manifieste su
posición y le requirió que, en caso aún no hubiese hecho entrega de la
totalidad de los bienes y el acervo documentario de la empresa concursada,
cumpla con tal obligación en un plazo de 3 (tres) días hábiles.
1 El 10 de mayo de 1999 fue difu ndida la situación de concurso de Electro Atlantic m ediante aviso publicado en el diario
oficial “El Peruano”.

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